Alfombra rajada y apelmazada
El consumidor:
El reclamante acudió al sistema arbitral tras recoger en la tintorería una alfombra que había depositado para su limpieza y comprobar que presentaba una raja de 30 centímetros y que se encontraba apelmazada. Por ello, solicitó una alfombra nueva o su equivalencia en dinero (279 euros). El producto había sido adquirido en una gran superficie dedicada a la venta de muebles de diseño a precios asequibles.
La empresa:
La empresa se opuso a la reclamación argumentando que la alfombra había sido lavada en agua fría y con jabón neutro y que la aparición de la raja se debía a la propia fabricación del artículo.
El colegio arbitral:
Tras escuchar a ambas partes, el colegio arbitral desestimó las pretensiones del cliente al considerar que los desperfectos en la alfombra se debían a las características del producto, no al proceso de limpieza aplicado por la tintorería. Sí decidió, sin embargo, que la empresa devolviera el importe íntegro del servicio (32 euros), ya que no resultó satisfactorio.