Le cobran por un teléfono que no llegó a comprar
El consumidor:
Muestra su disconformidad por el cobro de un terminal móvil que ni ha comprado ni ha recibido. Solicita la anulación de la compra y la devolución de las cantidades cobradas por el mismo.
La empresa:
Asegura que se retiró de la oficina un terminal, aportando un recibo adjunto, y que se adquirió a plazos con un compromiso de permanencia de 24 meses. El consumidor asegura que la firma que aparece en el recibo no es la suya y que nunca recibió ningún terminal.
El colegio arbitral:
Estima la reclamación del consumidor, por cuanto no se reconoce su firma y porque la empresa no acredita el pedido o contrato de compraventa. Por ello, obliga a la empresa a cancelar el contrato y a reintegrar al reclamante todas las cuotas cobradas.