Curso a distancia no firmado, pero sí cobrado

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El consumidor: 
Contactó con la empresa de cursos a distancia telefónicamente, para solicitar información. Le enviaron por correo un contrato, que no firmó y que devolvió por la misma vía. Se lo volvieron a mandar y le reclamaron el pago de las cuotas. Solicita la anulación del contrato y la devolución de lo pagado: 90€ de matrícula más 57,13€ de cuota. Tiene el material didáctico sin abrir y no ha recibido ninguna clase.
La empresa: 
Alega que la clienta decidió formalizar la matrícula durante la conversación telefónica. Se le envió el material del curso junto con el contrato. Cinco días después, la alumna contactó telefónicamente y explicó que quería volver a su país y que el curso ya no le interesaba. Le pidieron que enviase firmado el documento de desistimiento, pero nunca lo hizo. Justifican que sin ese documento firmado no se puede atender la petición de la reclamante, por lo que exigen que la deuda pendiente sea cobrada.
El colegio arbitral: 
Se estima la pretensión de la reclamante ya que el contrato nunca fue firmado. Además, está acreditado que manifestó telefónicamente su deseo de desistimiento dentro del plazo estipulado, por lo que queda claro que desde el principio no le interesó suscribir el curso.