Desistimiento de curso de formación
El consumidor:
Contrata por teléfono un curso de formación, abonando una cantidad previa en concepto de cuota de inscripción. En la grabación telefónica de la contratación, le informan de que esta no se hará efectiva hasta que un mensajero le entregue el curso en mano y firme el contrato.
El consumidor da la dirección de su oficina. Sin embargo, el repartidor deja el paquete sin identificar a la persona que lo recepciona. El consumidor no recibe el paquete hasta 5 días después, tras una llamada telefónica de la empresa indicándole donde hizo la entrega.
El consumidor comprueba entonces que el material no se corresponde con el contenido del curso que quería contratar, por lo que se ampara a su derecho de desistimiento reclamando la devolución de la cuota de inscripción y la anulación de las cantidades pendientes para el desarrollo del curso.
La empresa:
Asegura que se informó por teléfono al consumidor del contenido del curso y que este aceptó, facilitando sus datos. Además, alega que desde que se produce la entrega del paquete en la dirección señalada, se ha superado el plazo de 14 días para el derecho de desistimiento, por lo que rechaza la solicitud del consumidor.
El colegio arbitral:
Da la razón al consumidor, ya que comprueba que en el albarán de entrega del paquete no hay ninguna identificación de la persona que lo recibe, ni DNI ni firma, por lo que no considera acreditado que la fecha de la entrega del curso fuera ese día. Por ello, obliga a la empresa a devolverle al consumidor la cuota de inscripción y a cancelar los pagos pendientes. Asimismo, el consumidor debe devolver a la empresa el material del curso recibido.