Desperfecto de chaqueta en la tintorería
El consumidor:
Lleva a la tintorería una chaqueta de cuero para su limpieza y, al ir a recogerla, se encuentra con que algunos botones han sido golpeados y arañados. Admite la propuesta de la empresa de asumir el coste de coser unos botones nuevos para reemplazar a los que estaban dañados. Cuando acude nuevamente se encuentra con que la tintorería ha decidido cambiar todos los botones, ya que no había encontrado botones iguales a los originales, con un coste añadido para el consumidor. Además de que no están cosidos en el lugar adecuado. Reclama la devolución de la chaqueta, el abono de los botones y del coste de la limpieza.
La empresa:
Afirma no saber cómo se produjeron los daños ni por qué no se le consultó al cliente el nuevo modelo de botones. Por ello, acepta pagar los botones y volver a coserlos en su sitio, pero no admite el abono del servicio de limpieza, ya que este se realizó correctamente.
El colegio arbitral:
Analiza el resultado del trabajo de la tintorería, con la chaqueta limpia, pero con rotura en la botonadura, y sin que en el resguardo conste ninguna advertencia de la empresa, por lo que concluye que la tintorería debe devolver al consumidor la chaqueta y abonarle el precio de los botones. Sobre el servicio de limpieza, determina que el cliente pague sólo el 50% del coste total.