Disconformidad con curso contratado

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El consumidor: 
Contrata por teléfono un curso de formación, abonando la cantidad de 60 euros en concepto de inscripción. La empresa le comunica que el contrato tendrá validez en el momento en que sea entregado en persona por un mensajero y firmado por duplicado por el destinatario. Sin embargo, el mensajero deja el paquete en la dirección indicada sin que se produzca la entrega personal ni la firma. Al comprobar el material del curso, el consumidor comprueba que no se corresponde con sus expectativas, por lo que pide la devolución de los 60 euros de la inscripción y la anulación del pago los 950 euros que cuesta el curso.
La empresa: 
Alega que el consumidor era conocedor del contenido del curso tal y como se le transmitió en la grabación en la contratación telefónica. Además, asegura que se produce el consentimiento del consumidor en el momento de la entrega del albarán.
El colegio arbitral: 
Estima la reclamación del consumidor, ya que su desistimiento se produce dentro de los 14 días que marca la ley y dejando constancia de que la entrega del albarán no se produjo de forma personal ni con la correspondiente firma de consentimiento del destinatario. Obliga a la empresa a devolverle los 60 euros y anular el pago pendiente. Asimismo, obliga al consumidor a devolver a la empresa el material formativo que pudiera quedar en su poder.