Pintan su casa pero no cumplen con la segunda mano de pintura
El consumidor:
Contrata los servicios de pintura para su vivienda, pero sólo le dan una mano, en lugar de dos como había contratado. A las dos semanas, comienzan a desconcharse los techos. El consumidor reclama los servicios del pintor, pero la empresa contratada se desentiende. Reclama el pago de 1.085 euros por la valoración de la segunda mano de pintura más los desperfectos ocasionados.
La empresa:
Alega que es un mero intermediario publicitario de los servicios profesionales de la empresa de pintura. Que se limita a publicitar cupones de descuento.
El colegio arbitral:
Admite la reclamación del consumidor y considera responsable a la empresa demandada, ya que es la parte vendedora de los servicios y, por lo tanto, la responsable de la deficiente prestación del mismo.