Un retraso que vale 12.033 euros
El consumidor:
Una pareja aportó 17.191 euros a una inmobiliaria para comprar una casa, pero no pudo finalmente firmar el crédito hipotecario previsto al retrasarse casi cuatro meses la entrega del piso. Aunque el banco había aceptado inicialmene la operación, la crisis llevó a la entidad a rechazarla.
La empresa:
La empresa rechazó devolver el 100% de la cantidad entregada y que reclamaban los clientes, que habían intentado conseguir el préstamo con otras entidades al ver que la inicial rechazaba la operación.
El colegio arbitral:
El colegio arbitral dio la razón a los solicitantes, pero solo en parte, ya que consideró que los problemas sufridos por el mercado hipotecario no podían ser responsabilidad de la inmobiliaria. Por otro lado, incidió en que el tiempo de retraso no fueron realmente cuatro meses, sino 20 días, ya que en las cláusulas se establecían tres meses de plazo de gracia. La inmobiliaria tuvo que devolver 12.033 euros a sus clientes y pudo disponer después libremente de la vivienda.