Un trabajo en el aeropuerto

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El consumidor: 
El consumidor vio un anuncio en internet donde se ofertaban puestos de trabajo en el aeropuerto a través de una escuela. A pesar de que, en una entrevista personal en la escuela, manifestó que su único deseo era trabajar y ganar dinero, firmó un contrato de formación de un curso que costaba 3.815 euros, y en la escuela le aseguraron que al término de la formación tendría trabajo seguro. Once días más tarde de haber firmado trató de desistir del contrato, y que le devolvieran la matrícula, pero en la escuela le dijeron que ya era tarde y que “si no hacía el curso le llevarían a juicio”, razón por la cual "se acobardó" y decidió realizar el curso.
La empresa: 
La empresa reclamada alegó que en ningún caso se le ofreció un contrato de trabajo al alumno, sino formación con prácticas en el aeropuerto, un curso gratuito de inglés y asesoramiento laboral, que el alumno realizó, habiendo recibido al finalizar los certificados correspondientes.
El colegio arbitral: 
El colegio arbitral estimó parcialmente la pretensión del reclamante,al considerar que la empresa reclamada no aportó copia del contrato con las condiciones contractuales, ni acreditó la entrega del documento de desistimiento, tampoco documentación relativa al contenido del curso y a las prácticas, no aportó el expediente o historial del alumno con el detalle del uso de los recursos formativos, ni constó acreditado que se le hubiera prestado el asesoramiento laboral descrito en el contrato. Se consideró también que en la documentación aportada por el reclamante y firmada por el mismo, en ningún momento se garantiza un puesto de trabajo tras la finalización del curso, y además, el alumno realizó la formación. La empresa reclamada tuvo que devolver al consumidor 1.907,50 euros.