Traje desgastado en garantía

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El consumidor: 
Compra un traje y a los cinco meses presenta un desgaste en coderas, rodillas y ojal. Solicita el cambio por otro traje o la devolución del importe que pagó.
La empresa: 
Alega que el desgaste es propio de la fricción continuada del tejido en dichas zonas, no siendo achacable al origen del producto. Asegura que se han comprobado roces de excesiva fricción en el muslo delantero, en los codos y en otras zonas, por un uso prolongado, así como una sudoración y una exposición solar excesivas. Por todo ello, rechaza la reclamación del consumidor, considerando que el desgaste es achacable al uso.
El colegio arbitral: 
Da la razón al consumidor, ya que no es un desgaste normal para el poco tiempo de uso del traje, y apoyándose en que es el vendedor el que debe responder de las faltas de conformidad, obliga a la empresa a reembolsar al comprador una cantidad aproximada a la que pagó por el traje.