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He comprado un billete para viajar desde Alicante a Argelia y han cancelado la salida. ¿Qué puedo hacer?
Si la compañía marítima cancela el viaje, debe ofrecer a los pasajeros afectados las siguientes opciones:
- Reembolso en siete días del coste integro del billete
- Conducción, sin coste adicional, hasta el destino final en condiciones de transporte comparables, lo más rápido posible.
¿Tengo derecho a que me devuelvan el dinero del billete si el barco llega tarde?
Sí, tiene derecho a que le devuelvan el 25% del importe del billete cuando el retraso en la llegada del barco a su destino sea superior a:
- Una hora, para los viajes de duración de hasta cuatro horas.
- Dos horas, para los viajes superiores a cuatro horas e inferiores o igual a ocho horas.
- Tres horas, para los viajes superiores a ocho horas e inferiores o igual a 24 horas.
- Seis horas para los viajes de más de 24 horas.
Si el retraso en la llegada es más del doble del tiempo indicado arriba, el pasajero tendrá derecho a solicitar que le indemnicen con el 50% del importe del billete.
Cuando se contrata el servicio de una grúa, ¿me tienen que entregar algún presupuesto de dicho servicio?
Sí. El prestador del servicio de grúa deberá entregarle un presupuesto, que ha de firmar, y en el que deben constar los siguientes datos:
Nombre, apellidos o razón social, domicilio y NIF del titular de la actividad.
Número de registro industrial, y el número de la autorización de transportes y período de validez.
Matrícula del vehículo que va a prestar el servicio.
Nombre y domicilio del consumidor.
Marca, modelo y matrícula del vehículo objeto de transporte.
Fecha y hora del comienzo de la prestación del servicio y la prevista para su finalización.
Descripción del servicio, recargos a aplicar, en su caso, el número de kilómetros a efectuar en el trayecto, punto de partida y destino.
Importe total del servicio desglosado.
Firma y DNI o pasaporte y/o sello del prestador del servicio.
Fecha, firma y DNI o pasaporte del consumidor.
Dicho presupuesto debe hacerse por duplicado, entregándose una copia al consumidor y la otra al prestador del servicio.
Si dejo un aparato para reparar en un Servicio de Asistencia Técnica (SAT), ¿puedo exigir que me entreguen algún comprobante?
Sí. Al dejar el aparato en el establecimiento, bien para arreglarlo o bien para elaborar un presupuesto de la avería, le deben dar un resguardo de depósito. Con ese justificante puede demostrar que el artículo está en poder del servicio técnico, donde lo están reparando. En caso de que haya firmado un presupuesto, este hace las veces de resguardo de depósito.
Vinieron a repararme la caldera y el precio que me cobraron por las piezas sustituidas me pareció elevado, por lo que me informé del precio y vi que me habían cobrado el doble por ellas. ¿Pueden hacer esto?
Los precios presupuestados para piezas de repuesto deberán corresponder con los precios de venta al público de las mismas. A falta de éstos, deberán corresponder, como máximo, con los precios de venta al público, aplicados usualmente por los talleres del ramo.
Como norma general, está prohibido incrementar los precios de los repuestos al aplicarlos en las reparaciones, de forma que sean superiores a los costes medios estimados en cada sector.
En cualquier caso, recuerde que la lista de precios de los repuestos deberá estar siempre a disposición del público.
Al ir a recoger mi ordenador, el servicio técnico me ha dado una factura superior a lo presupuestado, porque, según dicen, al repararlo se encontraron nuevos fallos. ¿Es esto legal?
Deberían haberle avisado. Las averías o defectos ocultos que, eventualmente, puedan surgir durante la confección del presupuesto o durante la reparación del aparato deben comunicarse inmediatamente al consumidor.
Si había renunciado al presupuesto previo por escrito, el SAT debe informarle, de la manera que considere más oportuna, de la existencia de la avería o defecto oculto. Deberán elaborarle un nuevo presupuesto si la cantidad adicional que suponga esta nueva reparación supera entre el 10% y el 6% del valor del aparato, en función de su valor.
¿Puedo exigir que me justifiquen que las piezas de repuesto utilizadas para arreglar mi televisor son nuevas?
Sí. Tiene derecho a exigir que se le acredite documentalmente el origen, la naturaleza y el precio de las piezas de repuesto. En principio deben ser nuevas, excepto si autoriza que se utilicen piezas usadas, recuperadas o no originales, siempre que estén en perfectas condiciones de uso y sean más baratas que las del mercado. Deben entregarle las piezas sustituidas.
He solicitado a un servicio de asistencia técnica unas piezas de repuesto para reparar un ordenador y me dicen que, como no las tienen, tendré que ir a buscarlas más adelante. ¿Qué tiempo tienen para traerme las piezas?
Si se trata de un aparato de importación, la pieza de repuesto debe servirse en un plazo máximo de un mes desde la fecha de la solicitud. Si es una pieza de un aparato nacional, el plazo es como máximo de quince días.
He llevado un televisor a un servicio de asistencia técnica y me dicen que no lo reparan porque no es de la marca que ellos representan. ¿Esto es legal?
Sí. Los servicios de asistencia técnica oficiales de marca no están obligados a reparar aparatos de marcas distintas a las que representan o que no hayan sido legalmente registrados.
¿Cuánto tiempo puede tardar un servicio de asistencia técnica en facilitarme un presupuesto? ¿Se tiene que pagar el presupuesto?
Deben entregarle el presupuesto en un plazo de cinco días hábiles desde que lo solicitó. Tendrá una vigencia de 30 días.
Solo se debe pagar por la elaboración del presupuesto, en el caso de que se solicita pero después no se acepta y siempre que le hayan informado de ello.
Recuerde que también puede renunciar a la elaboración del presupuesto, pero siempre deberá hacerlo por escrito.
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