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Tengo un problema con mi vuelo con el que regreso a España desde un país extranjero. ¿A quién puedo reclamar?
El destinatario de la reclamación que usted podrá presentar dependerá del país desde el que se produzca el vuelo y de si la compañía es o no comunitaria.
Así, si el vuelo sale de un aeropuerto de un tercer país y se dirige a un aeropuerto situado en el territorio español, siempre y cuando la compañía aérea sea comunitaria (de la Unión Europea), usted podrá presentar su reclamación a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), tanto si se trata de una cancelación, un retraso, una denegación de embarque o un cambio de clase.
Si su vuelo sale de un aeropuerto de la Unión Europea, pero la compañía aérea no es comunitaria, usted podrá presentar su reclamación ante la autoridad competente del país en el que se encuentra el aeropuerto de origen. No obstante, también podrá presentar la reclamación ante AESA, que se encargará de derivar su reclamación a la autoridad competente.
Si su vuelo tiene origen en un país que no es de la Unión Europea y la compañía aérea tampoco es comunitaria, la vulneración de los derechos de los pasajeros quedará sometida a lo regulado en los convenios internacionales o, en su caso, a la normativa del Estado donde se produjo el incidente. AESA no podrá hacer de intermediario en estos casos para presentar la reclamación.
¿Qué ocurre si no puedo visualizar o imprimir el billete que he comprado?
Si acude a la estación y tiene problemas para poder visualizar su billete o no encuentra el billete impreso, puede imprimirlo en las maquinas autoventa instaladas en las estaciones o solicitarlo facilitando el número de tarjeta de crédito con la que se efectuó la compra en el teléfono de información de venta por internet 91 919 05 04.
¿Qué objetos no puedo enviar en un servicio postal ordinario?
Por razones de seguridad o de salud, hay algunos objetos que no se pueden enviar en un servicio postal ordinario. Se trata de los siguientes:
- Obras de arte y antigüedades
- Animales (vivos o muertos)
- Plantas vivas
- Medicamentos
- Muestras biológicas (orina, sangre)
- Dinero
- Joyería
- Material explosivo
- Gases comprimidos (mecheros, aerosoles)
- Líquidos o substancias inflamables
- Sustancias oxidantes (químicos generadores de oxígeno)
- Sustancias tóxicas e infecciosas (pesticidas, químicos agrícolas)
- Bebidas alcohólicas
- Materias radioactivas
- Materias corrosivas (baterías, termómetros)
- Transporte funerarios (restos humanos, cenizas)
Armas
Estupefacientes
Productos perecederos
Motores.
¿Qué puedo reclamar como viajero cuando contrato los servicios de un vehículo VTC?
Al contratar los servicios de un Vehículo de Transporte con Conductor, los conocidos como VTC, usted podrá reclamar en el caso de no estar de acuerdo con el servicio.
Para los casos que tengan que ver con las condiciones del servicio, tales como incumplimiento de la tarifa de precios o la vulneración de sus derechos como consumidor, podrá presentar una reclamación en cualquier formato en la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) más cercana a su domicilio, en la Oficina de Atención al Consumidor de la Comunidad de Madrid, o a través de internet.
También podrá reclamar ante las Juntas Arbitrales de Transporte en el caso de que se haya producido una avería o extravío de equipajes; haya habido una modificación unilateral de condiciones contractuales; en daños personales durante el transporte; por la no aplicación de descuentos; la falta de condiciones de confortabilidad de los vehículos y por el incumplimiento de los contratos de arrendamiento de vehículos.
Recuerde que el conductor está obligado a llevar una hoja de reclamaciones en el vehículo.
Voy a viajar en avión con mi hijo de siete meses. ¿Puedo llevar el carrito de bebé como equipaje de mano?
Sí, Hay determinados elementos de fuerza motriz que sí está permitido llevar en el vuelo como equipaje de mano. En concreto, están permitidos bastones y muletas, siempre que sean necesarios para la movilidad del viajero; así como carritos, cunas y sillas para bebés.
Tanto las muletas y bastones como los carritos y sillas de bebés deberán pasar el control de Rayos X por separado.
Para más información sobre las restricciones en el equipaje de mano, consulte la web de AENA.
¿Ante quién reclamo por una cancelación de vuelo?
Si su vuelo sale de un aeropuerto en un tercer país y se dirige a un aeropuerto situado en territorio español (cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea) o si su vuelo sale de un aeropuerto situado en territorio español, podrá presentar su reclamación ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), tanto si se trata de una cancelación como de un retraso, una denegación de embarque o un cambio de clase.
Si su vuelo sale de un aeropuerto situado en otro país de la Unión Europea o de un aeropuerto de fuera de la Unión Europea y se dirige a un país comunitario distinto de España, la competencia para una reclamación será de la autoridad del país correspondiente. AESA le facilita un enlace a las autoridades competentes de cada país, para que pueda dirigirse a ellas. No obstante, si usted lo prefiere, puede presentar la reclamación en AESA para que la agencia estatal le tramite el envío de la misma a la autoridad competente.
Mi vuelo se ha cancelado y la compañía aérea me ha facilitado otro vuelo con destino a otro aeropuerto distinto. ¿Pueden hacer esto?
Si. Pero el transportista aéreo debe proporcionarle el transporte necesario hasta su destino original (el que aparece en su reserva), o a otro distinto si así ha sido acordado entre las partes.
Viene un familiar de Asturias de turismo a Madrid durante 5 días ¿Es obligatorio que su vehículo disponga de distintivo ambiental?
Si el vehículo va a circular por la zona determinada como “zona de bajas emisiones” (ZBE) o “zona de bajas emisiones de protección especial” (ZBEDEP), sí debe disponer del distintivo ambiental. No es obligatorio que lo lleve expuesto, aunque sí es aconsejable para facilitar la comprobación del requisito.
Puede consultar las áreas comprendidas en las ZBE y ZBEDEP del distrito de Madrid, y el tipo de vehículos que pueden circular por ella en función del distintivo ambiental que tengan, en el siguiente enlace.
La emisión de la etiqueta o distintivo ambiental tiene un coste de unos 5 euros (aunque se podría ver incrementado por los costes de envío u otros conceptos) y puede obtenerla, entre otros, en las Oficinas de Correos, la red de talleres de la Confederación Española de talleres (CETRAA) y otras redes de talleres autorizados, entre otros.
¿Puede un hotel prohibir el acceso a niños?
No. El artículo 14 de la Constitución establece con claridad que en España no se puede discriminar a nadie por razones, entre otras, de edad. La prohibición de acceso a menores a otro tipo de establecimientos, como salones de juego, viene establecida por la protección del menor frente a entornos que puedan serle perjudiciales.
En el caso de un hotel, no puede impedir la entrada de niños, a pesar del auge de los denominados hoteles 'adult only'. La ley no contempla la posibilidad de negar el acceso a una persona sólo por su edad. Sin embargo, lo que sí pueden hacer los hoteles es anunciarse de una determinada manera para un público en concreto, de forma que las personas que atraigan cumplan el perfil deseado, pero nunca reservándose la opción de restringir el acceso.
Sufrimos un accidente en un autobús en un viaje a Francia y la empresa transportista se negó a pagarnos el alojamiento. ¿Podemos reclamar que lo haga?
Si. La legislación establece en el marco de la Unión Europea que tras un accidente, el transportista deberá ofrecer una asistencia adecuada y proporcionada a las necesidades de los viajeros. Así, si resulta necesario por la interrupción del trayecto y la ausencia de un vehículo alternativo, la empresa deberá hacerse cargo del coste del alojamiento, pudiendo limitar dicho coste a 80 euros por viajero y noche hasta un máximo de dos noches.

