El derecho de aprovechamiento por turno de inmuebles turísticos es el que atribuye a su titular la facultad de disfrutar, con carácter exclusivo, durante un período específico de cada año.
Tanto los campamentos de turismo (camping), como las áreas de acogida y pernocta de autocaravanas, cámperes y vehículos similares deben tener una serie de características que garanticen al consumidor...