Actividad de Tratamiento: REGISTRO GENERAL DE OPERADORES DEL SECTOR VITIVINÍCOLA (REOVI)

ConsejeríaConsejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Unidad AdministrativaDirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación (Medio Ambiente)
Responsable o Titular del Centro DirectivoDIRECTOR/A GENERAL
Delegado de Protección de Datos (e-mail del DPD)protecciondatosmambiente@madrid.org
Base jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
LegitimaciónReal Decreto 739/2015, de 31 de julio, sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola
Fines del tratamientoAlta, baja y modificación de productores y almacenistas del sector vitivinícola para el cumplimiento de las declaraciones obligatorias en el sector
Colectivo de interesadosOperadores del sector vitivinícola
Categoría de datos personalesDatos de carácter identificativo, Transacciones de bienes y servicios
Conjunto de datos por categoríaNombre y apellidos, DNI / NIF / NIE / pasaporte / documento identificativo, Firma manuscrita y/o electrónica, Dirección postal, Dirección electrónica (e-mail, IP, etc.), Teléfono / fax, N.I.D.P.B, R.I.A, Tipo de instalación, capacidad de almacenamiento, producción de vino y mosto en hl
Categorías de destinatariosOtros órganos de la Administración del Estado. Otros órganos de la Comunidad Autónoma
Transferencias internacionales de datosNo
Periodo de conservación de los datosPeriodo indeterminado
Criterio de conservación Los datos se mantendrán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, siendo de aplicación la normativa de archivos y documentos de la Comunidad de Madrid.
Medidas de seguridadLas medidas de seguridad implantadas corresponden a las aplicadas de acuerdo al Esquema Nacional de Seguridad vigente.