Actividad de Tratamiento: RESIDUAL DE HISTORIAS CLÍNICAS
ConsejeríaConsejería de Sanidad
Unidad AdministrativaGerencia Asistencial de Atención Primaria (Sermas)
Responsable o Titular del Centro DirectivoGERENTE ASISTENCIAL DE ATENCIÓN PRIMARIA
Delegado de Protección de Datos (e-mail del DPD)protecciondedatos.sanidad@madrid.org
Base jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
LegitimaciónLey 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, de autonomía del paciente, y demás normativa vigente en materia salud
Fines del tratamientoGestión de los datos de las historias clínicas no migradas desde OMI o desde cualquier otra aplicación de gestión sanitaria de las antiguas gerencias de atención primaria
Colectivo de interesadosPacientes
Categoría de datos personalesDatos de carácter identificativo, Datos especialmente protegidos
Conjunto de datos por categoríaNombre y apellidos, Número de la Seguridad Social / mutualidad, DNI / NIF / NIE / pasaporte / documento identificativo, Dirección postal, Teléfono / fax, Tarjeta sanitaria, Datos relativos a salud (bajas por enfermedad, accidentes laborales y discapacidades)
Categorías de destinatariosOtras Unidades de la Consejería de Sanidad
Transferencias internacionales de datosNo
Periodo de conservación de los datosPeriodo indeterminado
Criterio de conservación
Los datos se mantendrán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, siendo de aplicación la normativa de archivos y documentos de la Comunidad de Madrid.
Medidas de seguridadLas medidas de seguridad implantadas corresponden a las aplicadas de acuerdo al Esquema Nacional de Seguridad vigente.