Buscador de actividades de tratamiento de datos personales de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid pone a su disposición el inventario de actividades de tratamiento de datos personales organizado por Responsables del tratamiento, al que se accede filtrando por las Consejerías y unidades administrativas que se muestran a la izquierda. También se pueden localizar determinadas actividades de tratamiento introduciendo palabras relacionadas con el nombre de la actividad o con su finalidad en el campo de búsqueda.
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades - Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial (ECU)Actividad de TratamientoGESTIÓN DE ALUMNOS CON NECESIDAD EDUCATIVA ESPECÍFICA POR CUESTIÓN PERSONAL DE SALUD MATRICULADOS EN CENTROS DOCENTES QUE IMPARTEN ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIASBase jurídicaRGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey Orgánica 2/2006 de, 3 de mayo de Educación modificada por la Ley Orgánica 3/2020 de 29 diciembre.Fines del tratamientoGestión de las actividades educativas de los alumnos con necesidad educativa específica por cuestión personal de salud matriculados en centros docentes que imparten enseñanzas no universitarias.Categorías de datos personalesDatos especialmente protegidos, Datos de carácter identificativo, Características personales, Circunstancias sociales, Datos académicos y profesionales
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades - Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial (ECU)Actividad de TratamientoGESTIÓN DE ALUMNOS MATRICULADOS EN CENTROS DOCENTES PÚBLICOS QUE IMPARTEN ENSEÑANZAS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y ESPECIAL PARTICIPANTES EN PROGRAMAS DE COOPERACIÓN TERRITORIAL.Base jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey Orgánica 2/2006 de, 3 de mayo de Educación modificada por la Ley Orgánica 3/2020 de 29 diciembre.Fines del tratamientoGestión de la atención educativa a los alumnos matriculados en centros docentes que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Primaria y Especial, en el marco de los Programas de Cooperación Territorial.Categorías de datos personalesDatos especialmente protegidos, Datos de carácter identificativo, Características personales, Datos académicos y profesionales
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades - Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial (ECU)Base jurídicaRGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLa Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de EducaciónFines del tratamientoProporcionar al alumnado y los docentes entornos de aprendizaje online, así como herramientas de comunicación (correo electrónico educativo, mensajería instantánea, etc.), de colaboración (cloud, webs, foros, etc.) y de elaboración de materiales educativos (gestor de contenidos)Categorías de datos personalesDatos de carácter identificativo, Datos académicos y profesionales
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades - Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial (ECU)Actividad de TratamientoMEDIDAS DE FLEXIBILIZACIÓN PARA ALUMNOS CON ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALESBase jurídicaRGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLa Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, recoge el principio de la flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades de los alumnos. Orden 130/2023, de 23 de enero, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regulan aspectos de organización y funcionamiento, evaluación y autonomía pedagógica en la etapa de Educación Primaria en la Comunidad de Madrid. (BOCM de 30 de enero de 2023).Fines del tratamientoAutorización para permitir la flexibilización de las enseñanzas para alumnos con altas capacidades intelectualesCategorías de datos personalesDatos especialmente protegidos, Datos de carácter identificativo, Datos académicos y profesionales
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades - Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial (ECU)Base jurídicaRGPD 6.1 a) el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos. RGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada por la Ley Organica 3/2020 de 29 diciembre. Decreto 23/2023, de 22 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la atención educativa a las diferencias individuales del alumnado en la Comunidad de MadridFines del tratamientoVerificar que se cumplen los criterios para la escolarización de los alumnos con Trastorno Generalizado del Desarrollo (TGD) en los centros preferentes con cargo a las plazas con apoyo educativo extenso y especializadoCategorías de datos personalesDatos de carácter identificativo, Datos académicos y profesionales, Datos especialmente protegidos, Características personales
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades - Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial (ECU)Actividad de TratamientoCONVENIOSBase jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de MadridFines del tratamientoTramitación de Convenios suscritos con otras Administraciones públicas, organismos públicos, entidades de derecho público y universidades públicas o con sujetos de derecho privadoCategorías de datos personalesDatos de carácter identificativo
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades - Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial (ECU)Actividad de TratamientoCONTRATACIÓNBase jurídicaRGPD 6.1 b) el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector PúblicoFines del tratamientoTramitación de Contratos suscritos con con sujetos de derecho privadoCategorías de datos personalesDatos de carácter identificativo, Datos académicos y profesionales, Detalles del empleo, Datos económicos, financieros y de seguros
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades - Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial (ECU)Actividad de TratamientoGRABACIÓN DE LAS SESIONES DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS EN CENTROS EDUCATIVOS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN ESPECIALBase jurídicaRGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLa Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público (arts. 15 a 18). La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de EducaciónFines del tratamientoGrabación de las sesiones celebradas por los órganos colegiados realizadas a través de medios electrónicos válidos (telefónia, correo electrónico, audiocoferencias y videoconferencias)Categorías de datos personalesDatos de carácter identificativo
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades - Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial (ECU)Actividad de TratamientoVÍDEOVIGILANCIA Y SEGURIDAD EN LOS CENTROS EDUCATIVOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBase jurídicaRGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de MadridFines del tratamientoGarantizar la seguridad de las personas, bienes e instalacionesCategorías de datos personalesDatos de carácter identificativo
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades - Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial (ECU)Actividad de TratamientoGESTIÓN DEL ABSENTISMO ESCOLAR EN CENTROS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN ESPECIALBase jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada por la Ley Organica 3/2020 de 29 diciembre .La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, determina que las corporaciones locales cooperarán con las Administraciones educativas competentes, en el marco de lo establecido por la legislación vigente y, en su caso, en los términos que se acuerden con ellas, en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria. La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, señala como competencia del municipio, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, la participación en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria. Decreto 48/2019, de 10 de junio , por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de MadridFines del tratamientoMejorar las situaciones de riesgo de exclusión social que pueden padecer los colectivos en situación de desventaja así como la respuesta a las necesidades educativas que presentan para prevenir y controlar el absentismo escolar del alumnado escolarizado en Educación Primaria, con carácter preventivo, en el segundo ciclo de Educación Infantil mediante la firma de convenios de colaboración con Ayuntamientos de la Comunidad de MadridCategorías de datos personalesDatos especialmente protegidos, Datos de carácter identificativo, Características personales, Datos académicos y profesionales