Incumplimiento en portabilidad
El consumidor:
Hizo una portabilidad a una nueva compañía de internet, devolviendo el router en la oficina física. Tras esto, la anterior compañía siguió cobrándole mensualmente, a pesar de estar recibiendo servicio por parte de la nueva compañía y estar pagando por ello. Solicita que anulen las facturas y que le borren de cualquier archivo de morosos donde le hayan podido inscribir por negarse a pagar dichas facturas.
La empresa:
Reconoce que los equipos le fueron entregados, pero alega que no se solicitó baja de los servicios ni se realizó portabilidad, sino que sólo se hizo alta de línea nueva con la otra operadora.
El colegio arbitral:
Da la razón al consumidor, ya que acredita que se hizo la portabilidad a la línea nueva, por lo que a partir de esa fecha quedan anuladas cuantas facturas haya emitido la compañía anterior por un servicio que ya no es facilitado.