Ausencia de acuse de recibo
El consumidor:
Envía un documento por burofax. Dos días después, aparece como entregado, pero no recibe en el email el acuse de recibo. Crea una incidencia en el servicio web de la empresa, la cual no es contestada. Acude a la oficina y presenta una reclamación por la ausencia de acuse de recibo, que le llega cinco días después. Exige que le devuelvan el importe abonado por incumplimiento del servicio.
La empresa:
Admite que el burofax se entrega fuera del plazo garantizado y aporta el desglose de los distintos conceptos que comprende la cantidad cobrada por el servicio. Admite sólo la devolución de una parte de la cantidad abonada, la correspondiente al incumpliento del plazo.
El colegio arbitral:
Da la razón al consumidor, ya que la empresa no le proporcionó información previa con el desglose de los diferentes conceptos por los que se procede a la devolución de importes por incidencias en el servicio. Por ello, obliga a la empresa a devolverle la totalidad de la cantidad abonada por el servicio.