Un sombrero que nunca debió limpiarse

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El consumidor: 
La consumidora llevó al establecimiento reclamado cuatro sombreros para su limpieza abonando por ello 12 euros. Al recogerlos comprobó que estaban deformados. Según ella, el desperfecto se debía a que habían sido planchados. Además del abono de los 12 euros, solicitó una indemnización de 60 euros por cada sombrero.
La empresa: 
La empresa manifestó desconocer si los sombreros fueron o no planchados y ofreció limpiarlos en seco de nuevo. Reconoció que tal vez fue un error del establecimiento admitir dichas prendas para su limpieza pero por una relación de confianza, lo hicieron.
El colegio arbitral: 
El tribunal arbitral acordó que la empresa devolviera los 12 euros más 35 euros por cada sombrero, ya que la etiqueta de los sombreros indicaba que no podían limpiarse, aspecto que la empresa debió haber comprobado para rechazar el servicio. Para calcular la indemnización, se tuvo en cuenta el valor estimado de las prendas, minorada en función de la fecha de adquisición.