El batido caducado
El consumidor:
Unos días después de la fecha de caducidad, abrió un bote de batido que había comprado meses atrás y se encontró que estaba totalmente seco, duro y con un leve olor a lácteo putrefacto. Acudió a las oficinas de la empresa y les envió la información en un correo, ya que considera que existió un problema con el sellado del envase que hizo que perdiera todas sus propiedades.
La empresa:
Considera que no procede la devolución ya que el batido estaba caducado, además, no pueden comprobar las condiciones de almacenaje. El lote al que pertenecía el producto fue objeto de estudio y no había ningún problema ni hubo otra reclamación al respecto. Como gesto comercial, ofrece al consumidor un batido igual al deteriorado.
El colegio arbitral:
Ante las manifestaciones de las partes y teniendo en cuenta la documentación aportada al expediente, el colegio arbitral acordó dar por satisfecha la pretensión de la reclamante ya que la parte reclamada le ofreció un batido de la misma marca y sabor que el reclamado.