Factura con arreglo oculto
El consumidor:
Acudió a un taller a que le arreglaran un fallo en el coche. Autorizó la revisión y solicitó un presupuesto total de la reparación que ascendía a 359 €. Cuando fue a recoger el vehículo (5 días más tarde de lo que le dijeron), el taller le indica que debe abonar 661 €, por el arreglo de la centralita del vehículo, sin haberle avisado previamente de ello. Solicita que le devuelvan 1.023 € (302 € por la diferencia en lo presupuestado y 721 € por los dos días de permiso sin sueldo que tuvo que pedir para recoger el coche).
La empresa:
El taller manifiesta que la avería del vehículo se encuentra en la válvula EGR. Tras sustituirla, efectúan una diagnosis para comprobar que todo estuviera correcto, pero no pueden porque parecía que la centralita estuviera dañada. Proceden a informar telefónicamente al consumidor, ofreciéndole varias soluciones e informando de los posibles costes. El reclamante acepta telefónicamente la reparación de la centralita
El colegio arbitral:
El Colegio Arbitral acordó estimar parcialmente las pretensiones del reclamante por cuanto la factura emitida, objeto de la controversia, es acorde a las actuaciones que en ella se detallan. No obstante, al no constar la aceptación por parte del cliente del segundo presupuesto, referido a la reparación de la centralita, la empresa deberá abonar 100 € al reclamante, como parte del arreglo.