No funciona el servicio de fibra óptica al cambiar de domicilio

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El consumidor: 
Tiene contratado con una operadora un servicio de fibra óptica que deja de funcionar adecuadamente tras cambiarse de domicilio. La empresa le sigue enviando facturas durante los meses de la controversia, que no paga por no estar recibiendo el servicio que demanda. Tras varias reclamaciones a la compañía, decide darse de baja y pagar la deuda acumulada por el impago de las facturas. Pide también que le retiren de los ficheros de morosidad.
La empresa: 
Asegura no tener constancia de solicitud de baja en los meses en los que se efectúa la facturación. No obstante, ofrece dejar de reclamarle las facturas emitidas durante ese periodo, si bien mantiene el cargo por no haberse producido la devolución de los equipos.
El colegio arbitral: 
Estima la reclamación del consumidor, a pesar de que el traslado de domicilio es responsabilidad del titular del servicio. Acepta el ofrecimiento de la empresa de cancelar las facturaciones reclamadas, pero retira el cargo por la no devolución de los equipos, siempre que el consumidor realice dicha devolución en el plazo de quince días tras la firma del laudo. Una vez saldada la deuda, la empresa deberá excluir al cliente de los ficheros de morosidad.