Modernizamos y digitalizamos los procedimientos del arbitraje de consumo

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https://dnfqencmde1ig.cloudfront.net/sites/all/themes/drpl/logo.pngComunidad de Madrid
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La Comunidad de Madrid está trabajando en la modernización y digitalización de los procedimientos del arbitraje de consumo para agilizar su funcionamiento y extender la utilización de este servicio, que permite resolver conflictos entre consumidores y empresarios sin recurrir a los tribunales. Así lo ha señalado hoy el consejero de Economía, Empleo y Competitividad, Manuel Giménez, durante la inauguración del Encuentro de Arbitraje de Consumo 2019, en el que se han dado cita representantes de la Administración regional, consumidores y empresarios.

https://dnfqencmde1ig.cloudfront.net/sites/default/files/img/personalidades/manuel_gimenez_inaugura_el_encuentro_de_arbitraje_de_consumo.jpg40323024Manuel Giménez durante la inauguración del Encuentro de Arbitraje de Consumo 2019
15 noviembre 2019

Durante su intervención, Giménez ha señalado que tanto las empresas como los consumidores y usuarios “tienen un papel muy importante en la modernización y mejora de la competitividad económica de la Comunidad”, al tiempo que ha subrayado la necesidad de potenciar un canal como el arbitraje de consumo que da la posibilidad de acudir a un tercero para satisfacer las pretensiones del consumidor o aclarar cuál es la solución más justa ante una reclamación. “Creemos en este sistema alternativo a la solución judicial, y lo vamos a reforzar”, ha enfatizado.

La Junta Arbitral Regional de Consumo, que en lo que va de año ha resuelto 2.462 arbitrajes, permite a cualquier persona -que entienda que sus derechos legales o contractuales han sido vulnerados- plantear una reclamación y someterla a la decisión de este órgano arbitral, que funciona de manera imparcial e independiente.

Tanto el usuario como la empresa o empresario con el que mantiene la reclamación deben acordar voluntariamente someter esa diferencia al laudo que dicte este tribunal arbitral, en el que participan representantes de la Administración y las asociaciones empresariales y de consumidores, disponiendo de un plazo de 90 días para resolver el asunto.