
Pago de deudas
Podrás pagar telemáticamente las deudas contraídas con la Comunidad de Madrid que se encuentren en periodo voluntario de pago o en periodo ejecutivo mediante tarjeta de crédito o débito, cargo en cuenta de cualquiera de las entidades financieras colaboradoras con la Comunidad de Madrid , mediante transferencia bancaria o mediante bizum.
Pago de deudas
Podrás efectuar el pago de:
- Deudas tributarias en período voluntario (modelo 660). No se admitirá el pago de deudas tributarias emitidas por las Oficinas liquidadoras ni cartas de pago cuya fecha de vencimiento sea posterior a 31 de diciembre del año en curso.
- Deudas no tributarias en período voluntario (modelo 370)
- Deudas tributarias y no tributarias en período ejecutivo (modelo123)
Para poder efectuar el pago telemático hay que disponer de:
- Certificado digital expedido por alguno de los prestadores de servicios de certificación reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Disponer de los datos de la deuda que desea pagar.
- Para realizar la firma es necesario tener instalada en tu equipo la aplicación Autofirma, no obstante, si no la tienes instalada la aplicación te ofrecerá la posibilidad de descargártela.
- En caso de optar por el pago mediante cuenta bancaria, deberás ser titular o persona autorizada para la disposición de fondos de una cuenta abierta en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras de la Comunidad de Madrid.
La opción de Pago telemático de deudas no cambia los plazos para realizar el pago. Por tanto, el pago debe efectuarse dentro de los plazos indicados.
¿Qué hacer cuando se produce un error?
Advierte que se ha producido un error técnico en el proceso de pago, frecuentemente por un problema de comunicación entre el sistema y la entidad financiera.
El sistema, si el usuario volviese a intentar realizar el pago, intentará recuperarlo sin necesidad de que el usuario haga nada más
Está motivado por algún error en los datos del pago especificados por el usuario (saldo en la cuenta insuficiente, el usuario no es titular de la cuenta…). Para intentar efectuar el pago debe reiniciarse el proceso de pago desde el principio.
Indica un error en el NCCM (Número Completo Comunidad de Madrid). En este caso, se aconseja contactar con el órgano que hubiera emitido la deuda.
Para deudas en período ejecutivo (modelo123) puedes contactar a través del correo electrónico gere@madrid.org.
Consulta cartas de pago
Consulta de pagos telemáticos
Puedes conocer el resultado del proceso del pago telemático de cada una de tus deudas.