
Canal externo del informante
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Aviso
La Ley 8/2024, de 26 de diciembre, de medidas para la mejora de la gestión pública en el ámbito local y autonómico de la Comunidad de Madrid, ha atribuido al Consejo de Transparencia y Protección de Datos de la Comunidad de Madrid las funciones del canal externo de protección del informante y la potestad sancionadora en el ámbito del sector público autonómico y local (art. 9).
Para dar cumplimiento a las obligaciones que establece el art. 8.3 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, se pone a disposición de las entidades y administraciones afectadas el siguiente buzón de correo: