Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes publicidad

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Las cuestiones que más preocupan a los consumidores.

Sigo recibiendo llamadas comerciales. ¿Es legal?. ¿Cómo puedo conseguir que dejen de llamarme?

 

Desde la reforma de 2022 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, las compañías ya no pueden seguir realizando llamadas comerciales no deseadas a los clientes.

Sin embargo, si usted sigue recibiéndolas, puede deberse a la excepción contemplada por la ley, que establece que estas llamadas sí podrán seguir realizándose cuando exista un "consentimiento expreso" del consumidor. Este consentimiento expreso puede haberse realizado de forma consciente o inconsciente dentro de los parámetros rellenados en los procedimientos de contratación o suscripción.

Por ello, si usted quiere dejar de seguir recibiendo estas llamadas, puede hacerlo contactando con su compañía y anulando dicho consentimiento expreso, en el caso de que exista. También puede hacerlo inscribiéndose en el registro gratuito de ficheros de exclusión publicitaria, conocido como la Lista Robinson.

¿Se puede exigir el cumplimiento de lo anunciado en la publicidad o sólo tiene la obligación de cumplirse lo que figura en el contrato?​

He recibido una publicidad en la que ofertan unos servicios gratis. He ido a contratar esos servicios, pero la empresa me ha dicho que ya se ha pasado el plazo, dato que no consta en el folleto. ¿Debe aplicar la empresa la promoción?

Buscando un billete de avión, vi una publicidad donde se anunciaba una oferta muy interesante. Pero a la hora de comprarlo, el precio subió de manera desorbitada, ya que las tasas y los impuestos no estaban incluidos en el precio que indicaba la publicida

Un establecimiento anunciaba una crema en promoción. Pero cuando fui a comprarla, el dependiente me dijo que estaban agotadas las existencias. ¿Puedo exigir que me vendan otra con esa misma promoción?

¿Se puede exigir el cumplimiento de lo anunciado en la publicidad o sólo tiene la obligación de cumplirse lo que figura en el contrato?