
Ayudas individualizadas para el transporte escolar
Ayudas de transporte para alumnos que no pueden hacer uso de las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
Resolución definitiva 2024-2025

Se abre plazo de presentación de Recurso potestativo de reposición
del 20 de junio de 2025 al 21 julio de 2025, ambos inclusive.
Desde aquí puedes acceder a la CONSULTA INDIVIDUAL
ORDEN 2173/2025, de 13 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve el procedimiento de concesión directa de ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2024-2025.
ORDEN 2172/2025, de 16 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declaran los expedientes excluidos en relación con la Orden 2173/2025, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve el procedimiento de concesión directa de ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2024-2025.
¿CÓMO y DÓNDE puedo presentar el RECURSO?
PRESENTACIÓN TELEMÁTICA:
Para poder presentar la solicitud, la subsanación o el recurso potestativo de reposición de manera telemática, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid. Se podrá adjuntar a la solicitud telemática ficheros que contengan documentación. Toda la información puedes encontrarla aquí, en la
GUÍA DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA
El plazo de presentación del recurso potestativo de reposición será desde el día 20 de junio de 2025 al 21 julio de 2025, ambos inclusive.
PRESENTACIÓN FÍSICA:
Se podrá realizar en la secretaría del centro público donde esté escolarizado el alumno, así como en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, y resto de lugares recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, incluidos los Registros de las Direcciones de Área Territorial.
RECUERDA QUE LAS OFICINAS DE REGISTRO SOLO ATIENDEN MEDIANTE CITA PREVIA:
Convocatoria curso 2024-2025
Documentación a presentar (SOLO para el trámite de presentación de solicitudes)
La solicitud tiene que ajustarse al modelo oficial a doble cara.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos del DNI o NIE en vigor. Si el interesado se opone, deberá presentar la correspondiente documentación. En el caso de extranjeros que carezcan de NIE deberán aportar copia del pasaporte en vigor y consignar el número en la solicitud.
Copia del libro de familia o documento acreditativo de la representación legal del alumno.
Certificado del Director del Centro (Anexo I), en el que se deben señalar con una cruz los supuestos que se quieran certificar.
Documentación adicional en función del supuesto por el que se solicite la ayuda:
- En el caso de alumnos de centros concertados de Educación Especial, copia de la resolución de escolarización.
- En el caso de alumnos que padezcan graves limitaciones físicas y precisen habitualmente silla de ruedas para su desplazamiento, certificado médico en el que conste expresamente, o se deduzca, que el alumno precisa silla de ruedas para su movilidad.
- En el caso de alumnos que precisen de atención personalizada que les impida hacer uso de las rutas escolares, informe médico o informe específico del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica del centro, en el que figure la discapacidad o enfermedad y donde se determine la necesidad de recibir atención personalizada durante el trayecto de su domicilio al centro.
- En el caso de cursar estudios profesionales de régimen especial, documentación justificativa que acredite que se encuentra matriculado en los mismos y que cursa tales estudios en horario matutino. Si el alumno está matriculado en un centro de Excelencia o Tecnificación Deportiva, certificado de matriculación en dicho centro. En el caso de alumnos en centros educativo-terapéuticos, certificado del Director o Coordinador del centro educativo-terapéutico en el que se haga constar que el alumno recibe atención educativa de la unidad escolar de apoyo y los días o períodos del curso escolar en el que se presta dicha atención. Estos alumnos también deberán aportar un certificado del centro en el que estén escolarizados, en el que conste el curso en el que están matriculados.