
Exportación de alimentos
Los alimentos exportados desde la Unión Europea a terceros países deben cumplir los requisitos de la legislación alimentaria comunitaria y los requisitos específicos del país tercero de destino.
El país tercero puede exigir que las empresas estén incluidas en listas de empresas autorizadas para exportación, y que las autoridades sanitarias emitan certificados que avalen el cumplimiento de los requisitos de seguridad alimentaria para cada partida exportada.
Trámite de exportación de alimentos

Cómo saber si necesito un certificado de exportación
Depende de lo que solicite el país tercero para cada tipo de producto.
Consultar las páginas web de los organismos competentes para la emisión de certificados para la exportación:
- Para productos de origen animal: Sanidad Exterior del Misterio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Los requisitos específicos de cada país y producto están detallados en la aplicación CEXGAN.
- Para productos de origen no animal: Ministerio de Sanidad.
Tipos de certificados
Los certificados sanitarios para la exportación de productos alimenticios son documentos expedidos por las autoridades sanitarias competentes tras comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos en materia de seguridad alimentaria.
Pueden ir asociados a una partida concreta o acreditar de manera general el cumplimiento de requisitos por parte de una empresa o un producto.
Dependiendo del caso, se requiere una inspección previa por parte de los inspectores de salud pública.
Certificados por partida
Los requisitos específicos para cada producto y país de destino están regulados en el ASE (Acuerdo Sanitario de Exportación), y pueden consultarse en la aplicación CEXGAN del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Si hay requisitos que deban ser comprobados en cada partida, es necesario que la comunidad autónoma donde se encuentra el establecimiento productor final emita una atestación sanitaria. Teniendo en cuenta este documento, el puesto de control fronterizo emite el certificado definitivo que acompaña a la partida hasta el país de destino.
En caso de que la empresa expedidora no sea el establecimiento productor final, puede ser necesaria la emisión de certificados “intermedios”, tales como certificados de tránsito o precertificados.
Sanidad Exterior del Ministerio de Sanidad ha modificado el sistema de gestión de este tipo de certificados que, a partir de ahora, se realizará a través de la aplicación SAEXCERT y no requerirá el pago de ninguna tasa.
No obstante, hasta finales de 2025, existirá un período transitorio en que las empresas podrán seguir solicitando este tipo de certificado (sábana) a la comunidad autónoma, tal y como venían haciendo hasta ahora, Tenga en cuenta que, en este caso, es necesario seguir abonando la tasa autonómica.
Certificados de libre venta (CLV)
Documento que acredita que la empresa está inscrita en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos y que sus productos pueden comercializarse libremente en la Unión Europea.
Puede incluirse el detalle de los productos, en caso necesario.
No es posible emitir este certificado para complementos alimenticios.
Documento que acredita que la empresa está inscrita en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos y que el complemento alimenticio cumple con los requisitos exigidos por la normativa comunitaria y puede comercializarse libremente en la Unión Europea.
Suele exigirse como paso previo al registro del producto en el país tercero.
Es necesario detallar la composición exacta del complemento alimenticio, la información nutricional y su forma de dosificación.
Se emite un CLV por cada producto y país de destino. La validez depende del país que lo solicita.
Autorización como empresa exportadora
Muchos países exigen que las empresas exportadoras estén incluidas en listas de empresas autorizadas, bien sea por autorización de los ministerios competentes o por autorización expresa de las autoridades del país de destino.
Esta autorización puede exigirse al último establecimiento que participó en la elaboración del producto exportado (por ejemplo, una industria cárnica o de transformación de productos de la pesca), pero también puede ser necesario que estén autorizados todos los establecimientos implicados en el proceso de elaboración y comercialización (mataderos, salas de despiece, almacenes frigoríficos,…).
Puede consultar los requisitos para autorizar empresas en las páginas web del Misterio de Agricultura, Pesca y Alimentación y del Ministerio de Sanidad.
Precintado de la mercancía a exportar
Algunos países solicitan que la mercancía salga precintada desde el establecimiento expedidor, bien sea por las autoridades sanitarias o por la propia empresa si esta dispone de un sistema auditado de autocontrol.
Si se requiere un certificado para la exportación firmado por la autoridad sanitaria de la Comunidad de Madrid, se hará constar el código del precinto en el mismo documento.
En caso de que no se requiera ninguna certificación de salud pública, pero sí el precintado de la mercancía por la autoridad sanitaria, deberá solicitarlo expresamente, justificando esa necesidad.