
Cómo saber si un alimento contiene gluten
El único tratamiento eficaz para las personas con enfermedad celíaca es la supresión del gluten de su dieta
El gluten es una proteína presente en ciertos cereales. Si somos celíacos, revisando el etiquetado de los alimentos podemos evitar consumirlo.
Gluten en alimentos y enfermedad celíaca
Consultar el folleto "La Enfermedad Celiaca. Información Alimentaria" de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN)
¿Cómo saber si un alimento contiene un alérgeno?
Busque la lista de ingredientes. Si el alimento contiene uno de los 14 alérgenos más frecuentes, éstos siempre aparecen destacados en la etiqueta para facilitar su identificación. En este video de la Escuela de Salud de la Comunidad de Madrid vamos a explicar cómo saber si un alimento contiene el ingrediente que nos produce alergia o intolerancia, para cuidar mejor nuestra salud.
Ampliar información
- Asociación de celíacos y sensibles al gluten de Madrid.*
- Federación de Asociaciones de Celíacos de España (FACE)*
* La Consejería de Sanidad no se hace responsable del contenido de las páginas a las que se dirigen estos enlaces. Su inclusión tiene la finalidad de facilitar al ciudadano información adicional.
Normativa para informar sobre el contenido de gluten de los alimentos
- Reglamento (CE) Nº 828/2014, relativo a los requisitos para la transmisión de información a los consumidores sobre la ausencia o la presencia reducida de gluten en los alimentos.
- Reglamento (UE) Nº 1169/2011, que regula la información alimentaria facilitada al consumidor.
- Los alimentos para personas con intolerancia al gluten han dejado de considerarse "dietéticos" o "alimentación especial". Consultar la página de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN)
Normativa que obliga a destacar los cereales que contienen gluten en el etiquetado
- Reglamento (UE) Nº 1169/2011, que regula la información alimentaria facilitada al consumidor.
- Real Decreto 126/2015 por el que se aprueba la norma general relativa a la información alimentaria de los alimentos que se presenten sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades y de los envasados en los lugares de venta, a petición del comprador y de los envasados por los titulares del comercio al por menor.
- Comunicación de la Comisión, relativa a la información alimentaria facilitada acerca de las sustancias o productos que causan alergias o intolerancias, según figuran en el anexo II del Reglamento (UE) Nº 1169/2011.
La Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición, en su artículo 40, establece lo siguiente:
- Las escuelas infantiles y los centros escolares proporcionarán a las familias, tutores o responsables de todos los comensales, incluidos aquellos con necesidades especiales (intolerancias, alergias alimentarias u otras enfermedades que así lo exijan), la programación mensual de los menús, de la forma más clara y detallada posible, y orientarán con menús adecuados, para que la cena sea complementaria con el menú del mediodía. La información sobre los citados menús será accesible a personas con cualquier tipo de discapacidad, cuando así se requiera.
- Asimismo, tendrán a disposición de las familias, tutores o responsables de los comensales, la información de los productos utilizados para la elaboración de los menús, que sea exigible por las normas sobre etiquetado de productos alimenticios.
- En los supuestos en que las condiciones de organización e instalaciones lo permitan, las escuelas infantiles y los centros escolares con alumnado con alergias o intolerancias alimentarias, diagnosticadas por especialistas, y que, mediante el correspondiente certificado médico, acrediten la imposibilidad de ingerir determinados alimentos que perjudican su salud, elaborarán menús especiales, adaptados a esas alergias o intolerancias. Se garantizarán menús alternativos en el caso de intolerancia al gluten.
- A excepción de lo establecido en el párrafo anterior, cuando las condiciones organizativas, o las instalaciones y los locales de cocina, no permitan cumplir las garantías exigidas para la elaboración de los menús especiales, o el coste adicional de dichas elaboraciones resulte inasumible, se facilitarán a los alumnos los medios de refrigeración y calentamiento adecuados, de uso exclusivo para estas comidas, para que pueda conservarse y consumirse el menú especial proporcionado por la familia.
Ayuda para escuelas infantiles y colegios: recurra al Servicio de Asesoramiento de menú escolar.