
Ayudas y subvenciones de Servicios Sociales
Ayudas directas, subvenciones a entidades sin ánimo de lucro y justificación económica de proyectos.
Subvenciones para proyectos de cooperación (2025)

¿Qué son?
Ayudas para fomentar la iniciativa social de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, proyectos de educación para el desarrollo y la ciudadanía global y proyectos de acción humanitaria.
¿Quién puede presentarse?
Organizaciones no gubernamentales de desarrollo que realicen:
- Proyectos de cooperación para el desarrollo
- Proyectos de educación para el desarrollo y la ciudadanía global y
- Proyectos de acción humanitaria.
¿Qué necesitas presentar?
Mediante la presentación, por medios electrónicos, de:
1. La correspondiente solicitud de participación durante los diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
2. La documentación requerida en el procedimiento.
Subvenciones a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social (2024)

El objeto de la presente convocatoria es la concesión, con cargo al ejercicio económico 2024, de subvenciones de proyectos sociales, destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social dirigidos a población vulnerable, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Estas subvenciones irán destinadas a cubrir las necesidades específicas de atención social de personas en situación de pobreza y exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad, en la Comunidad de Madrid.
Destinatarios
- Entidades del Tercer Sector de Acción Social.
- Cruz Roja Española.
Requisitos de los proyectos
1. Con carácter general los proyectos objeto de subvención deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser promovidos por las entidades mencionadas en el dispongo tercero de esta Orden.
b) Sus actividades han de desarrollarse en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Excepcionalmente, en el caso de proyectos de fomento del ocio saludable y contacto con la naturaleza dirigidos a niñas y niños menores y/o adolescentes, de respiro familiar o de participación social inclusiva, podrán incluirse actividades concretas a desarrollar fuera del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, siempre que los participantes residan en la Comunidad de Madrid. Esta excepción no es de aplicación a los proyectos de la línea H recogidos en el anexo de esta Orden.
c) El contenido mínimo de los proyectos deberá incluir: un análisis y diagnóstico de la necesidad a abordar, objetivos generales y específicos, la descripción pormenorizada y secuencial de las actuaciones a implementar, destinatarios y criterios de selección de participantes, calendario, presupuesto, medios humanos, técnicos y materiales, medios de control y evaluación, la ubicación de las acciones subvencionables, así como el sistema de evaluación e indicadores cuantificables de los resultados esperados. En ningún caso, podrán contemplar actuaciones generales.
d) En los proyectos que impliquen obras en centros que sean de alquiler o cesión, esta por parte de una Administración Pública, el contrato correspondiente deberá tener una vigencia igual o superior a cinco años incluyendo las posibles prórrogas a partir de la fecha de solicitud de la subvención, sin que esto implique la consolidación de la inversión a favor de la finalidad pública que promueve la subvención. Asimismo, las obras deberán estar autorizadas por quien ostente la propiedad del centro
2. Deberán estar dirigidos a la realización de programas de interés general dirigidos a población vulnerable y a la atención de otros fines de interés social con cargo al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid y con cargo al Plan Corresponsables.
3. En los proyectos presentados dentro del marco del Plan Corresponsables de la línea H recogida en el anexo de esta Orden, en cuanto a personas beneficiarias:
a) En los procesos de valoración de acceso a los programas y servicios puestos en marcha con cargo a los fondos recibidos, deberán considerarse como criterios de valoración el nivel de renta y las cargas familiares de las personas que soliciten la participación en los mismos. Las actuaciones deberán dirigirse, con carácter prioritario a la atención de familias monoparentales y monomarentales, víctimas de violencia de género y de otras formas de violencia contra la mujer, personas con discapacidad, personas en riesgo de exclusión social y unidades familiares en las que existan otras responsabilidades relacionadas con los cuidados.
b) Se introducirá de manera transversal, en todas las actuaciones que se desarrollen, acciones de sensibilización para las personas beneficiarias del Plan Corresponsables en materia de igualdad entre hombres y mujeres y corresponsabilidad en los cuidados.
c) Sus actividades han de desarrollarse en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
4. Con respecto a los proyectos presentados a la línea I recogida en el anexo de esta Orden, las personas participantes en los proyectos deberán ser población LGTBI en situación de vulnerabilidad o especial vulnerabilidad, residentes en la Comunidad de Madrid, y en el caso concreto de los proyectos presentados a la sublínea I3, denominada fomento de la convivencia, las personas destinatarias deberán ser colectivos específicos y/o la población general de la Comunidad de Madrid, no pudiendo contemplar tan solo destinatarios indirectos.
Subvenciones para proyectos de voluntariado e innovación social (2024)

¿Qué son?
Subvenciones para fomentar la iniciativa social de entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos de voluntariado y de innovación social en la Comunidad de Madrid.
El período de ejecución de los proyectos es desde el 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre del 2025. Siempre dentro del máximo de 12 meses.
¿Quién puede presentarse?
Entidades sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
1. Estar constituida legalmente y constar inscrita en el registro correspondiente según su naturaleza jurídica y ámbito de actuación, bien de la Administración General del Estado o bien de la Comunidad de Madrid.
2. Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que estén garantizadas.
3. No estar incursa en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario, previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. Desarrollar las acciones para las que se solicite la subvención en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
5. Tener la sede o una delegación en la Comunidad de Madrid.
6. Su estructura interna y el funcionamiento de sus órganos de gobierno deberán ser democráticos.
7. Haber formalizado, en caso de contar con personas ligadas a la entidad por una relación laboral, el Plan de Prevención de Riesgos Laborales a que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
8. En el caso de proyectos objeto de la subvención cuyas actividades impliquen contacto habitual con menores de edad, las personas que realicen esas actividades no podrán haber sido condenadas por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, trata o explotación de menores.
9. Las personas voluntarias que realicen actividades en los proyectos objeto de la subvención, cuyos destinatarios hayan sido víctimas de los delitos de violencia doméstica o de género, de atentados contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del cónyuge o de los hijos, de los delitos de tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas o de delitos de terrorismo, no podrán tener antecedentes penales por estos delitos no cancelados.
10. Cumplir con las obligaciones que en materia de protección de datos personales impone al responsable de tratamiento el Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, y la normativa estatal de protección de datos vigente, en particular, en lo relativo a los datos especialmente protegidos y al ejercicio de los derechos por los titulares de los datos
11. En el caso de entidades solicitantes de subvenciones para proyectos de voluntariado deben reunir, además los siguientes requisitos:
1. Desarrollar la totalidad o parte de sus programas a través de voluntarios.
2. Contar con un programa de voluntariado para el desarrollo y seguimiento de sus acciones voluntarias, que se especificará en la memoria general de la entidad.
¿Qué necesitas presentar?
1. Solicitud: Quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
2. Documentación requerida que figura en la SOLICITUD, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Subvenciones para el desarrollo de proyectos de integración de la Renta Mínima de Inserción (2024)


¿Qué son?
Subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de Proyectos de Integración definidos en la Ley 15/2001 de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas al 40 por 100 por el Fondo Social Europeo, en el marco del Programa FSE Plus 2021/2027 de la Comunidad de Madrid, Prioridad de Inclusión Social, Objetivo específico h.
Esta línea de subvenciones da respuesta a la necesidad de cobertura en materia de asistencia social de personas en situación de pobreza y exclusión social, mediante la plena y eficaz integración de la población vulnerable y la mejora de su perfil ocupacional, así como de la implicación de los interlocutores sociales y económicos en la integración laboral de personas en situación y riesgo de exclusión social.
¿Quién puede presentarse?
Entidades sin fin de lucro que ejecuten proyectos de integración de la Renta Mínima de Inserción, y que desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid.
¿Qué necesitas presentar?
1. Solicitud (cerrado el plazo para participar en esta convocatoria).
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse
Información Bono Social Térmico

¿Qué es el Bono Social Térmico?
El nuevo bono social térmico es una ayuda directa, destinada a paliar la pobreza energética en los consumidores más vulnerables en lo que respecta a la energía destinada a calefacción y agua caliente, entre otros.
La cantidad global prevista para este bono se distribuirá entre todos los consumidores mediante un pago único anual.
¿Quién puede ser beneficiario?
Se beneficiarán de él todos los consumidores que estén acogidos al bono social de la electricidad a 31 de diciembre del año anterior. Para recibir esta ayuda no es necesario realizar ninguna solicitud.
Justificación de proyectos de voluntariado e innovación social (2024)

La justificación de la subvención concedida deberá presentarse en el plazo de dos meses una vez se finalice el proyecto objeto de la subvención, o desde la fecha de recepción de los fondos si esta fuese posterior.
Las entidades beneficiarias tienen a su disposición los manuales de justificación de voluntariado y de innovación social junto con el resto de la documentación a entregar:
Documento de remisión voluntariado e innovación social 2024
Declaración responsable voluntariado e innovación social 2024
Informe final voluntariado e innovación social 2024
Relación de gastos y cuadros económicos voluntariado e innovación social 2024
Manual de justificación subvenciones de innovación social 2024
Justificación de proyectos de voluntariado e innovación social (2023)

La justificación de la subvención concedida deberá presentarse en el plazo de dos meses una vez se finalice el proyecto objeto de la subvención, o desde la fecha de recepción de los fondos si esta fuese posterior.
Las entidades beneficiarias tienen a su disposición los manuales de justificación de voluntariado y de innovación social junto con el resto de la documentación a entregar:
Documento de remisión voluntariado e innovación social 2023
Declaración responsable voluntariado e innovación social 2023
Informe final voluntariado e innovación social 2023
Relación de gastos y cuadros económicos voluntariado e innovación social 2023
Manual de justificación subvenciones de innovación social 2023