
Profesionales de la seguridad y salud en el trabajo
Profesionales de la prevención y atención al ciudadano
Como profesional de la prevención debes conocer tus obligaciones y la formación que se te exige.
Si quieres trabajar en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, debes saber que, además de las competencias técnicas y profesionales necesarias para el desarrollo de cualquier actividad, se exige el cumplimiento de una serie de requisitos para desarrollar tu trabajo.Existe la posibilidad de que para ciertas actuaciones tengas que realizar una serie de trámites administrativos, para cumplir con las exigencias de la legalidad vigente.
Trabajar en prevención
Si piensas en la prevención de riesgos laborales como una puerta a tu futuro, aquí obtendrás información sobre las diferentes categorías profesionales que tienen cabida en esta profesión y en las que puedes formarte para, una vez adquirida la cualificación precisa, puedas desempeñar alguna o varias de las funciones o competencias que la legislación española reconoce y para los que exige un conocimiento específico.
Registro de profesionales
Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales certificados en la Comunidad de Madrid
Qué es
Se trata de un registro de carácter voluntario para todos aquellos profesionales que hayáis obtenido en su día la titulación de Técnico Intermedio y/o Técnico Superior en prevención de riesgos laborales, por una entidad autorizada por la AUTORIDAD LABORAL de la Comunidad de Madrid,
Para qué sirve
Para certificar que la formación que se recibió en su día cumple con las exigencias del Reglamento de los Servicios de Prevención para el ejercicio de ambas profesiones.
Quién puede registrarse
Aquellos profesionales que posean la titulación de Técnico Intermedio en Prevención de Riesgos Laborales y/o Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, en cualquier especialidad, y siempre que la formación recibida haya sido certificada por una entidad formativa autorizada por la AUTORIDAD LABORAL de la Comunidad de Madrid con anterioridad al 2001 (en el caso de formación PRL de nivel intermedio) y 2010 (en el caso de formación PRL de nivel superior).
Consideraciones:
- Si la formación ha sido certificada por la Autoridad Laboral de otra comunidad autónoma, el interesado/a debe remitirse a los organismos competentes en dicha Comunidad.
- Desde el 2010 existen Másteres oficiales que habilitan para el desempeño de las funciones de prevención de riesgos laborales de nivel superior, en virtud de la Disposición Adicional primera del Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.
- Asimismo, Real Decreto 1161/2001, de 26 de octubre, establece el título de Técnico superior en Prevención de Riesgos Profesionales y las correspondientes enseñanzas mínimas y su normativa curricular de desarrollo, cubre las cualificaciones profesionales necesarias para desarrollar las funciones de prevención de riesgos laborales de nivel intermedio.
Por ello, en la actualidad, la formación en prevención de riesgos laborales de nivel intermedio y superior está regulada y autorizada por las autoridades educativas y por consiguiente este registro no es competente en materia educativa para registrar dichas titulaciones.
Las solicitudes de inscripción de profesionales que acrediten titulaciones en los supuestos anteriormente mencionados, serán desestimadas por no reunir los requisitos establecidos en la normativa aplicable a este registro; sin que ello perjudique a la validez académica a nivel nacional de las citadas titulaciones.
Referencia normativa:
- Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción; el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y la Disposición Adicional primera del Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención :
“Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 de la disposición derogatoria, los técnicos cuya formación en materia de prevención de riesgos laborales hubiese sido acreditada sin efectos académicos mediante certificación, expedida al amparo de la disposición transitoria tercera del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, obtenida antes de la entrada en vigor de este real decreto, podrán seguir desempeñando las funciones referidas en los artículos 36 y 37 del Real Decreto 39/1997.
Asimismo, aquéllos cuya formación en la fecha de publicación de este real decreto estuviese en curso de ser acreditada sin efectos académicos mediante la certificación a que se refiere el párrafo anterior, una vez obtenida la misma, tendrán plena capacidad para desempeñar las funciones referidas en los artículos 36 y 37 del Real Decreto 39/1997.
Igualmente, los técnicos de prevención de riesgos laborales que, en su día, obtuvieron la certificación de formación equivalente expedida por la autoridad laboral, al amparo de la disposición adicional quinta del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de Prevención y demás disposiciones concordantes, seguirán teniendo plena capacidad para desempeñar las funciones para las que se certificó su formación.”
Qué necesitas presentar
- La solicitud, debidamente cumplimentada.
- La documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que el interesado expresamente lo desautorice, así como los que deberán aportarse.
Coordinadores de seguridad y salud en las obras de construcción
Qué es
Se trata de un Registro de la Comunidad de Madrid, de carácter voluntario, donde las personas cualificadas que vayan a desarrollar funciones de Coordinador en Materia de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción pueden inscribirse si lo desean.
Para qué sirve
Para que los promotores de obras de construcción puedan comprobar que el profesional que quieren adscribir a una obra de construcción en la región está debidamente capacitado e inscrito en éste.
Quién puede
Exclusivamente los siguientes profesionales:
- Ingenieros Superiores e Ingenieros Técnicos, de cualquier especialidad,
Arquitectos Superiores y Arquitectos Técnicos y - Aparejadores.
Qué necesitas presentar
- La solicitud, debidamente cumplimentada.
- La documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que el interesado expresamente lo desautorice, así como los que deberán aportarse.
Para más información…
Normativa aplicable
- Decreto 33/1999, de 25 de febrero, por el que se crean el Registro y el fichero manual y el fichero automatizado de datos de carácter personal de técnicos competentes para desarrollar funciones de coordinador en materia de seguridad y salud en las obras de Construcción de la Comunidad de Madrid. BOCM nº 83, de 9 de abril.
- Resolución de 3 de diciembre de 2009, de la Gerente, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Empleo y Mujer para la tramitación de diversos procedimientos administrativos y se ordena la publicación de impresos normalizados. BOCM nº 9, de 12 enero de 2010.
Trámites relacionados con la PRL
Relación de trámites que puedes realizar relacionados con la prevención de riesgos laborales:
- Inscripción en cursos de Prevención de Riesgos Laborales
- Solicitud de subvenciones dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo
- Inscripción en el Registro de Empresas con riesgo por Amianto
- Autorización del Plan de Trabajo para empresas que trabajan con Amianto. Contactar con el IRSST: irsst.amianto@madrid.org
- Notificación de Accidentes de Trabajo
- Notificación de Enfermedades Profesionales
- Solicitud de Acreditación como Entidades Especializadas que pretendan ser Acreditadas como Servicios de Prevención
- Solicitud de Autorización como personas o entidades especializadas que pretendan desarrollar la actividad de Auditoría del sistema de prevención
- Notificación sobre Concurrencia de Condiciones que no hacen necesario recurrir a la Auditoría del sistema de prevención de la empresa
- Registro de Coordinadores de Seguridad y Salud en el Trabajo en las Obras de construcción
- Registro de profesionales de la prevención de riesgos laborales certificados en la Comunidad de Madrid