
Política Agrícola Común (PAC). Ayudas directas
Si necesitas tramitar las ayudas de la PAC en la Comunidad de Madrid, este es el sitio.
La Política Agrícola Común (PAC) de la Unión Europea tiene como objetivos generales para el periodo 2023-2027 el fomento de un sector agrícola inteligente, resistente y diversificado que garantice la seguridad alimentaria, la intensificación del cuidado del medio ambiente y la acción por el clima, y el fortalecimiento del tejido socioeconómico de las zonas rurales.
Para ello gestiona ayudas directas, que son subvenciones que reciben los agricultores y ganaderos directamente por obtener determinados productos agrícolas y/o ganaderos, o por mantener las superficies de su explotación en buenas condiciones agrarias y medioambientales. Las ayudas directas pueden estar ligadas a la producción (ayudas asociadas) o no depender de ella.
¿Cómo presentar la solicitud de ayudas PAC?

La solicitud de ayudas directas se deberá presentar telemáticamente a través de la dirección web:
Se podrá hacer por el propio agricultor personalmente mediante certificado digital o DNI electrónico o a través de las entidades colaboradoras reconocidas por la Comunidad de Madrid.
Período de presentación de la Solicitud Única en 2025: 1 de FEBRERO a 30 de ABRIL, ambos inclusive.
Plazo de Modificación de la Solicitud Única: 1 - 31 de MAYO, ambos inclusive.
Aviso Ampliación plazo Solicitud única
Ayudas Directas PAC 2023-2027
En el año 2023 comienza a aplicarse la nueva Reforma de la Política Agraria Común (PAC) para el periodo 2023-2027. Esta reforma supone un cambio en las ayudas directas que hasta ahora percibían los agricultores, y se ha establecido un nuevo sistema de ayudas que engloba los siguientes pagos:
- Ayuda básica a la renta para la sostenibilidad
- Ayuda redistributiva complementaria a la renta para la sostenibilidad
- Ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras
- Regímenes en favor del clima y el medio ambiente
- Ayudas asociadas por superficie: producción sostenible de proteínas de origen vegetal, arroz, remolacha azucarera y tomate para transformación, frutos secos en áreas con riesgo de desertificación, producción tradicional de uva pasa, olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental, y algodón
- Ayudas asociadas a la ganadería: ganaderos extensivos de vacuno de carne, engorde de terneros en la explotación de nacimiento, engorde sostenible de terneros, producción sostenible de leche de vaca, ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino de carne, producción sostenible de leche de oveja y cabra, y ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino sin pastos a su disposición y que pastorean superficies de rastrojeras, barbechos y restos hortofrutícolas.
Para ser beneficiario de las ayudas y poder recibir pagos directos se deberá ser agricultor activo y la actividad agraria deberá ser significativa.
Las condiciones que deberá cumplir el agricultor para recibir derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad (ABRS) son:
- Cumplir las condiciones necesarias para ser Agricultor Activo.
- Haber sido titular de derechos de pago básico a 31 de diciembre de 2022, o bien,
- Acceder a la titularidad de derechos de ayuda básica a la renta por alguna de las siguientes vías:
- asignación de la reserva nacional de derechos de ABRS
- cesiones de derechos de ABRS
Los agricultores activos que fuesen titulares de derechos de pago básico a 31 de diciembre de 2022 pasarán a ser titulares de derechos de ABRS a 1 de enero de 2023, mediante la conversión provisional de los derechos a través del proceso detallado en el Real Decreto 1045/2022 de 27 de diciembre.
Asimismo, los derechos de pago integrados en el régimen para pequeños agricultores, el cual desaparece a partir de 2023, también serán sometidos a conversión mediante un procedimiento específico con objeto de ayudar a preservar la agricultura a tiempo parcial.
El valor unitario de los derechos de ABRS se fijará a partir del valor nominal de los derechos de pago básico de la campaña 2022 a través del proceso detallado en el artículo 15 del citado Real Decreto. Mediante un proceso de convergencia interna, los agricultores que tengan derechos de pago por debajo de la media de su región saldarán parcial y progresivamente esta brecha hasta la campaña 2026.
Antes del 1 de abril de 2024, se establecerá y comunicará la región y el valor definitivos de los derechos de ABRS, para las campañas 2023 a 2026.
El período de comunicación de las cesiones de derechos de ABRS en el año 2025 se iniciará a la vez que el plazo de presentación de la solicitud única y finalizará en la fecha que finalice el plazo de modificación de la solicitud única.
El valor provisional de los derechos de ABRS de cada productor, y su convergencia durante el periodo 2023-2027, se pueden consultar a través del siguiente enlace: Consulta de derechos de ayuda básica a la renta
El objetivo de esta ayuda es la redistribución más equitativa y atribución más eficaz y eficiente de la ayuda a la renta, hacia las explotaciones medianas y pequeñas, para atender su diferencia de rentabilidad con respecto a las más grandes.
Tendrán derecho a percibir la ayuda redistributiva a la renta aquellos agricultores que tengan derecho a un pago en virtud de la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad.
Se concederá un pago anual por hectárea subvencionable a las primeras hectáreas, diferenciado en función de la región donde esté ubicada la explotación.
El cálculo de la ayuda viene detallado en el Artículo 19 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
Las condiciones para poder percibir este pago son:
En el caso de persona física:
- No tener más de 40 años en el año natural de su primera solicitud subvencionable de ayuda,
- incorporado recientemente y por primera vez* en una explotación agraria como responsable de explotación,
- acreditar la formación o capacitación adecuada en el ámbito agrario
- figurar en situación de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos como consecuencia de la actividad agraria que determine su incorporación como responsable de explotación.
- Tener derecho a percibir un pago en virtud de la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad (ABRS)
- Cumplir las condiciones establecidas para jóvenes agricultores en el marco de la asignación de Derechos de ABRS de la reserva nacional.
*Incorporación reciente: si se produce en el mismo año de la primera presentación de solicitud subvencionable a la ABRS, o en los cinco años anteriores a esa primera presentación de una solicitud. Primera vez: primera incorporación a la actividad agraria como responsable de explotación, en toda su vida laboral, según la normativa laboral vigente.
En el caso de una persona jurídica o grupo de personas físicas, se considera que ésta es un joven agricultor cuando el responsable de la explotación es una persona física o grupo de personas físicas, que cumplan lo dispuesto para el caso de persona física.
Se concederá un pago anual por hectárea subvencionable a los beneficiarios igual al valor medio regional de la región donde esté ubicada la superficie de la explotación. En el caso de jóvenes agricultoras con control efectivo sobre la explotación, el importe de la ayuda será un 15 % superior al valor medio regional que corresponda.
El Sistema de monitorización de superficies es un procedimiento de observación, localización y evaluación periódicas y sistemáticas de las actividades y prácticas agrícolas en las superficies agrícolas mediante los datos obtenidos por los satélites Sentinel de Copernicus u otros datos con valor equivalente.
Los controles basados en el Sistema de monitorización de superficies se realizarán sobre la totalidad de solicitudes de ayuda y solicitudes de pago para verificar la legalidad y regularidad de los pagos.
La utilización de este tipo de control permite la comprobación en gran medida automática, de las condiciones de admisibilidad de casi el 100% de las explotaciones.
En las campañas 2023 - 2027 se monitorizará toda la superficie de la Comunidad de Madrid.
El resultado de los controles será comunicado al agricultor, lo que le permitirá realizar, dentro de los plazos contemplados, las modificaciones oportunas de su Solicitud, aportar, si lo desean, pruebas adicionales en forma de fotografías georreferenciadas y evitar así sanciones y penalizaciones.
El Sistema de monitorización de superficies forma parte del Sistema Integrado de Gestión y Control de la Política Agrícola Común.
Aplicaciones móviles y fotografías georreferenciadas
El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) y las Comunidades Autónomas adheridas al Sistema de Gestión de Ayudas (SGA), ponen a disposición de los solicitantes la aplicación Sga@pp para la consulta de información de los expedientes y solicitudes en el marco de las Solicitudes Únicas tramitadas mediante este sistema.
A través de Sga@pp se pueden aportar documentos asociados a un expediente. También es posible realizar fotografías georreferenciadas con la aplicación y asociarlas a los expedientes.
Para la realización de algunos controles y comprobaciones por parte del organismo pagador, el solicitante podrá aportar fotografías georreferenciadas para verificar los criterios de subvencionabilidad, compromisos y otras obligaciones, siempre que la información obtenida ofrezca pruebas pertinentes y fiables.
La información mínima que deben contener las fotografías georreferenciadas, así como el formato de imagen y el número de fotografías a aportar, se detalla en el Anexo XXV del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
Les recordamos que la aplicación SgaFot ya no está disponible para la realización y envío de fotografías desde el 16-07-2023. Se deberá utilizar la aplicación Sga@pp.
¿Cómo consultar tu expediente de ayudas PAC? Portal del Ciudadano

Tu expediente de ayudas PAC puedes consultarlo a través de la dirección web:
Tu expediente de ayudas PAC lo podrás consultar personalmente mediante certificado digital o DNI electrónico.
Documentación de interés
- Manual del usuario para la captura gráfica del Sistema Gestión de Ayudas PAC
- Folleto Ayudas de la PAC – Novedades 2025 (MAPA)
- Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas
- Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre, sobre derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la Política Agrícola Común
- Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre (Intervenciones en forma de pagos directos, requisitos comunes en el marco del PEPAC, y regulación de la solicitud única)
- Paquete normativo completo del PEPAC (Página web del MAPA)
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Preguntas más frecuentes (PMF) PAC 2023-2027 (Página web del FEGA)
Registro de Explotaciones Agrícolas (REA)
Es el registro oficial de la Comunidad de Madrid que contiene la información general de todas las explotaciones agrícolas ubicadas en nuestra comunidad y que va a integrar y completar la información contenida hasta ahora en otros registros oficiales.
Es obligatoria la inscripción en el mismo a partir de julio de 2023 para todas las explotaciones que realicen su actividad en el ámbito de la producción primaria agrícola (salvo para las explotaciones de autoconsumo), así como para todos las explotaciones que quieran beneficiarse de alguna de las ayudas de la PAC.
La inscripción inicial en el REA se realizará:
- de oficio por parte de la administración autonómica volcando la información de la que dispone (solicitud única PAC 2023, REGEPA y Registro Vitícola),
- o bien, en el caso de nuevas explotaciones, la inscripción la realizará telemáticamente el propio titular de la explotación, bien personalmente o bien a través de una entidad colaboradora a la que tendrá que autorizar para dicho fin, y en el plazo máximo de un mes desde el momento en que se inicie la actividad. Asimismo, las explotaciones agrícolas que abandonen la actividad deberán notificar dicha situación dentro del mes siguiente al cese de su actividad.
Para realizar dicha inscripción deberá acceder a la aplicación de captura de la solicitud de inscripción a través del siguiente enlace:
El titular de la explotación deberá revisar al menos una vez al año, y a más tardar antes de fin de año, el contenido de su REA, para completarlo o actualizarlo, o confirmar la información del mismo, puesto que con dicha información se generará el borrador automático de la solicitud única de ayudas de la siguiente campaña.
Por tanto, es muy importante que la información del REA de la explotación esté completa y actualizada, puesto que de él se obtendrá a partir de ahora la Solicitud Única de ayudas PAC, y será la base de información para completar el cuaderno digital de explotación (CUE) y suministrar dicha información al sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas (SIEX) nacional.
Legislación de aplicación:
- Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.
- Orden APA/204/2023, de 28 de febrero, por la que se establece y regula el contenido mínimo del Registro autonómico de explotaciones agrícolas y del Cuaderno digital de explotación agrícola y la cronología de incorporación de fuentes de información en el Sistema de información de explotaciones agrícolas, ganaderas y de la producción agraria.
- Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, por la que se establecen detalles técnicos sobre el sistema de información de explotaciones agrícolas, ganaderas y de la producción agraria, así como del registro autonómico de explotaciones agrícolas y el cuaderno digital de explotación agrícola.
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