Centros Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad
El reconocimiento del grado de discapacidad se realiza en los Centros Base que ofrecen además otros servicios especializados de interés. Visita esta información para conocer dónde están y qué hacen estos centros o accede directamente al trámite.
Información sobre el reconocimiento del grado de discapacidad.
Los Centros Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad son los encargados del reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad y asumen, además, funciones de información, orientación profesional e intervención terapéutica en régimen ambulatorio. Como servicios sociales especializados de atención básica constituyen un referente para las personas con discapacidad y sus familias y las entidades e instituciones de su área de influencia.
Cita previa para el registro presencial de solicitudes y documentación en los Centros Base
El registro presencial de solicitudes y documentación relativa al procedimiento de grado de discapacidad u otros expedientes competencia de los Centros Base se realiza con el sistema de CITA PREVIA ONLINE.
Antes de solicitar cita, consulte el documento de demarcaciones de los Centros Base para conocer el centro que le corresponde por domicilio.
Cita previa para el registro de documentación
Recuerde: solo se admite petición de cita para el registro de documentación relativa al procedimiento de grado de discapacidad u otros trámites que se realizan en los Centros Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad.
ATENCIÓN: Esta cita habilita exclusivamente para la presentación de documentación en el registro de los Centros Base.
Las personas que precisen una valoración de la discapacidad deben iniciar el trámite correspondiente (más información) y serán citadas para su reconocimiento.
NOTA: Si desea registrar documentación ajena a las competencias de los Centros Base puede consultar en este enlace las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid y acceder al sistema de petición de cita online o telefónica. Los interesados también pueden presentar documentación, escritos o solicitudes por medios telemáticos a través del registro electrónico de la Comunidad de Madrid y en las oficinas de Correos utilizando el sistema ORVE.
¿Qué hay que hacer para cancelar una cita?
Si tiene cita en los Centros Base y no puede acudir a la misma, por favor, recuerde cancelarla para que la fecha y franja horaria quede disponible para otras personas.
Las citas solicitadas online para registro de documentos o información especializada pueden cancelarse a través de la misma aplicación en la que obtuvo su cita.
La anulación de las citas relativas a valoración presencial del grado de discapacidad se podrá comunicar por correo electrónico.
Recuerde: es necesario dirigirse al Centro Base en el que está concertada la cita.
Centro Base Nº 1 | anulacioncitacentrobase1@madrid.org |
Centro Base Nº 2 | |
Centro Base Nº 3 | |
Centro Base Nº 4 | anulacioncitacentrobase4@madrid.org |
Centro Base Nº 5 | anulacioncitacentrobase5@madrid.org |
Centro Base Nº 6 | anulacioncitacentrobase6@madrid.org |
Centro Base Nº 7 | anulacioncitacentrobase7@madrid.org |
Centro Base Nº 8 | anulacioncitacentrobase8@madrid.org |
Centro Base Nº 9 | anulacioncitacentrobase9@madrid.org |
CRECOVI (Menores de 0 a 6 años) |
anulacioncitacrecovi@madrid.org |
Atención telefónica: consultas de información general y orientación profesional
Los Centros Base atienden telefónicamente consultas de información general y orientación profesional. El servicio de atención telefónica se presta de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
ATENCIÓN:
Si su consulta no es de carácter general y lo que precisa es información sobre la tramitación de un expediente o una asesoría más personalizada puede utilizar:
Medidas organizativas de atención en los Centros Base
La atención presencial en los Centros Base se realiza mediante un sistema de citas:
- Cita para valoración tras haber presentado solicitud de valoración inicial o revisión de grado de discapacidad (cumplimentando el modelo de solicitud y siguiendo los cauces que corresponden a este procedimiento).
- Cita para una entrevista de orientación profesional, tras haber presentado solicitud de acceso al área formativo laboral de los centros (cumplimentando el modelo de solicitud indicado).
- Cita previa para la presentación de documentación en el registro (más información).
- Cita previa presencial para el servicio de información especializada del Área de Trabajo Social (más información).
- Cita para una sesión de tratamiento programada.
NOTA: Es necesario acudir puntualmente a las citas para evitar esperas innecesarias.
Reconocimiento de grado de discapacidad
La discapacidad es una situación que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, previsiblemente permanentes, y cualquier tipo de barreras que limiten o impidan su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás.
Las situaciones de discapacidad se califican en grados, según el alcance de las mismas, y se expresan en porcentaje.
El reconocimiento de un grado de discapacidad en porcentaje igual o superior al 33%, dictado administrativamente por resolución expresa de acuerdo a este procedimiento, habilita para el ejercicio de los derechos que las personas con discapacidad tienen reconocidos en todo el territorio español y da acceso a distintos beneficios, prestaciones y servicios.
Todas las personas de nacionalidad española, así como los extranjeros residentes legalmente en España. El reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad de las personas empadronadas en cualquiera de los municipios de la Comunidad de Madrid corresponde a los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad de los Centros Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid.
También pueden solicitar el reconocimiento en los Centros Base de la Comunidad de Madrid las personas con nacionalidad española que, residiendo fuera del territorio nacional, hayan tenido como último lugar de residencia la Comunidad de Madrid.
El reconocimiento inicial puede solicitarse en cualquier momento a petición de la persona interesada, con o sin medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica. También es posible solicitar en cualquier momento la certificación del grado de discapacidad, cuando este haya sido reconocido previamente por la Comunidad de Madrid.
Para la revisión del reconocimiento existen distintos supuestos:
- Cuando la resolución de grado ha sido dictada con carácter permanente por no preverse una modificación de las circunstancias que dieron lugar al reconocimiento, la persona interesada, con o sin medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica, puede solicitar una revisión transcurrido un plazo mínimo de dos años desde la fecha de la resolución.
Excepcionalmente, este plazo puede reducirse cuando se acredite documentalmente que se han producido cambios sustanciales en las circunstancias que motivaron el reconocimiento del grado de discapacidad o un error cuya corrección implique un cambio en el grado reconocido.
- Si la resolución de grado establece un plazo de validez y se ha dictado aplicando el Real Decreto 1971/1999 de 23 de diciembre, es necesario solicitar la revisión dentro de los tres meses anteriores a la fecha de vigencia fijada.
- En las resoluciones con plazo de validez dictadas a partir del 20 de abril de 2023 aplicando el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, el grado de discapacidad será revisable de oficio por la administración en la fecha prevista y, en caso de que no se haya iniciado la revisión de oficio, la persona interesada podrá incoar el procedimiento de revisión a partir de la fecha establecida en la resolución.
En todo caso, cuando la administración competente no haya revisado el grado de discapacidad en plazo, por causas ajenas a la persona interesada, se mantendrá el grado de discapacidad hasta que haya una nueva resolución.
- Los errores materiales, de hecho, o aritméticos podrán rectificarse en cualquier momento de oficio o a instancias de parte.
- Además, la administración podrá revisar de oficio la resolución cuando sea conocedora de circunstancias que puedan dar lugar a una modificación del grado de discapacidad o cuando se constate la omisión o inexactitud en las informaciones de las personas usuarias.
De forma general, la evaluación se realiza presencialmente. Los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad, formados por un médico, un psicólogo y un trabajador social, examinan al interesado en el Centro Base, si bien, en circunstancias especiales, recogidas en la Resolución de 17 de mayo de 2023, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, es posible realizar la evaluación en modalidad no presencial.
Tras efectuar el reconocimiento y teniendo en cuenta todos los informes aportados, el equipo multiprofesional emite un dictamen propuesta de evaluación del funcionamiento y la discapacidad, conforme a criterios técnicos unificados fijados en los baremos de carácter nacional que acompañan como anexos al Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad:
- Baremo de evaluación de las funciones y estructuras corporales o “deficiencia global de la persona” (BDGP).
- “Baremo de evaluación de las capacidades/limitaciones en la actividad” (BLA), que valora los problemas en la realización de las actividades de la vida diaria. Incluye un baremo específico de evaluación de la “Limitación grave y total para realizar actividades de autocuidado” (BLGTAA) y un baremo de evaluación de la movilidad reducida o “Baremo de Limitaciones en las actividades de movilidad” (BLAM).
- Baremo de evaluación del desempeño o “restricciones en la participación” (BRP). Este baremo incluye un cuestionario que voluntariamente puede cumplimentar la persona interesada.
- Baremo de evaluación de los “factores contextuales/barreras ambientales” (BFCA).
De esta forma, son objeto de valoración tanto las deficiencias (pérdidas o desviaciones significativas respecto a la norma estadística para los seres humanos en las funciones y estructuras corporales), las limitaciones en la actividad y las restricciones en la participación que presente la persona, como, en su caso, los factores contextuales y barreras ambientales.
Existen criterios específicos de evaluación en la infancia y la adolescencia que tienen en cuenta que un problema en cualquiera de estos ámbitos también puede reflejar un retraso en el desarrollo.
El dictamen contiene el diagnóstico, las puntuaciones obtenidas con la aplicación de los distintos baremos, el grado de la discapacidad y, en su caso, la determinación de la existencia de dificultades de movilidad para utilizar transportes públicos colectivos. Este documento se entrega al interesado junto a la resolución administrativa de grado.
El reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 33% se entenderá producido desde la fecha de solicitud y tendrá validez en todo el territorio del Estado. Junto a él se emitirá de oficio en formato electrónico (para visualizar en la aplicación móvil “Tarjeta de discapacidad” de la Comunidad de Madrid) la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad. Si la persona interesada desea además recibir la tarjeta en soporte físico deberá indicarlo expresamente en el formulario de solicitud del reconocimiento de grado de discapacidad, marcando la casilla correspondiente.
Reconocimiento inicial o revisión de grado de discapacidad
Una vez comprobado que la documentación que acompaña a la solicitud es completa, se citará al interesado en el Centro Base que le corresponda por su lugar de residencia o en el Centro Regional de Coordinación y Valoración Infantil (CRECOVI), en el caso de los menores de 0 a 6 años.
Ten en cuenta:
Nos gustaría conocer tu opinión sobre las dificultades que has tenido, al realizar las actividades cotidianas de tu vida diaria en tu entorno habitual, en los 30 días anteriores al día del reconocimiento. Tienes a tu disposición este cuestionario para completarlo de forma voluntaria, a partir del día en que recibas la cita, y entregarlo a los equipos de valoración el día del reconocimiento.
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App Tarjeta de Discapacidad
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Esta aplicación para móvil o tablet, dirigida a los residentes en la Comunidad de Madrid con discapacidad reconocida en grado igual o superior al 33%, está disponible para su descarga en las plataformas Google Play y App Store.
Certificación del grado
Servicio de respuesta inmediata
Certificación de un grado de discapacidad ya reconocido
La certificación de un grado de discapacidad reconocido previamente por la Comunidad de Madrid se puede obtener en el momento a través del servicio de respuesta inmediata, que requiere identificación mediante DNI electrónico o certificado electrónico reconocido por la Comunidad de Madrid. Las personas que no dispongan de certificado electrónico o lo prefieran pueden presentar una solicitud de forma presencial.
Utilidades del grado de discapacidad
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Tarjeta acreditativa de grado de discapacidad en soporte electrónico o físico
La tarjeta acreditativa de grado de discapacidad es un documento personal e intransferible que pueden solicitar las personas que tienen reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% en la Comunidad de Madrid.
Ya sea en soporte electrónico o físico, tiene como finalidad acreditar el grado de discapacidad de su titular, en cualquier momento y de una forma cómoda y sencilla, sin necesidad de transportar el certificado en papel, y es válida en todo el territorio nacional.
En los nuevos reconocimientos, la tarjeta se emite de oficio en formato electrónico (para visualizar en la aplicación móvil “Tarjeta de discapacidad” de la Comunidad de Madrid).
Si la persona interesada desea además recibir la tarjeta en soporte físico deberá indicarlo expresamente en el formulario de solicitud del reconocimiento de grado de discapacidad, marcando la casilla correspondiente.
Deben solicitar expresamente la tarjeta de discapacidad a través de un procedimiento específico:
- Las personas con una resolución de grado de discapacidad igual o superior al 33% residentes en la Comunidad de Madrid que nunca hayan dispuesto de ella (porque su reconocimiento fuera anterior al 1 de enero de 2009 o por cualquier otro motivo).
- Las personas que necesiten nueva copia de la tarjeta física por pérdida o deterioro.
- Las personas que solo dispongan de la tarjeta en formato electrónico y necesiten en un momento dado su versión en soporte físico.
En todos estos casos, el carné en soporte físico se enviará por correo y los titulares tendrán también acceso a la versión electrónica a través de la aplicación móvil “Tarjeta de discapacidad” de la Comunidad de Madrid.
Solicitud de la tarjeta acreditativa de grado de discapacidad en soporte físico
El solicitante recibirá, a través de correo ordinario, la tarjeta acreditativa de grado de discapacidad en la dirección que figure en la solicitud formulada.
Contenido de la tarjeta
En cualquiera de sus soportes, la tarjeta incluye la identificación de la persona, el grado de discapacidad, el periodo de vigencia y, en su caso, la existencia de dificultades de movilidad para utilizar transportes públicos colectivos.
Además, cuenta con un código seguro de verificación que permite comprobar electrónicamente la veracidad del reconocimiento de la discapacidad.
Tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad
La tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad y movilidad reducida es un documento público, personal e intransferible, que acredita el derecho del titular a estacionar los vehículos automóviles que sirven para su desplazamiento lo más cerca posible del lugar de acceso o destino.
- Personas físicas que tengan reconocida oficialmente la condición de persona con discapacidad y se encuentren en algunas de las siguientes situaciones:
- Que presenten movilidad reducida, acreditada mediante dictamen por los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad.
- Que muestren en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos. Esta situación puede acreditarse con certificado emitido por la ONCE, por un oftalmólogo acreditado por la ONCE o bien con dictamen de los equipos de valoración del grado de discapacidad.
- Personas jurídicas que sean titulares de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad.
Se considera que una persona con discapacidad legalmente reconocida presenta movilidad reducida cuando tiene dificultades para utilizar el transporte colectivo.
El dictamen corresponde a los equipos multiprofesional de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad de los Centros Base y se incluye en la resolución acreditativa del grado de discapacidad.
La movilidad reducida se determina por aplicación del “Baremo de Limitaciones en las actividades de movilidad” (BLAM) que forma parte del Baremo de Evaluación de las Capacidades / Limitaciones en la Actividad (BLA) del anexo IV del Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.
Cuando una vez evaluadas todas las actividades, el porcentaje de limitación obtenido en el dominio de movilidad asigne una limitación final de movilidad igual o superior al 25% se determinará que la persona tiene movilidad reducida y dificultades de movilidad para utilizar transportes colectivos.
NOTA: las personas que presenten una limitación visual grave lo acreditarán mediante los informes pertinentes, que ha de valorar el equipo multiprofesional de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad del Centro Base.
La solicitud se hace en el Ayuntamiento donde esté empadronada la persona solicitante, ya que la emisión de la tarjeta de estacionamiento es competencia municipal.
Atención: el reconocimiento administrativo de la discapacidad y la movilidad reducida es un requisito previo que corresponde a los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad de los Centros Base de Valoración y Orientación de la Comunidad de Madrid.
Preguntas frecuentes
Guía rápida de acceso a servicios y prestaciones de discapacidad, dependencia y atención temprana.
Intervención terapéutica en los Centros Base
Los Centros Base ofrecen intervención terapéutica de carácter ambulatorio para la habilitación y la rehabilitación de las personas con discapacidad, con el fin de disminuir el impacto del déficit, evitar discapacidades añadidas e impulsar el desarrollo armónico de la persona.
¿Qué tratamientos?
Áreas Formativo Laborales de los Centros Base
Los Centros Base de valoración y orientación a personas con discapacidad disponen de áreas formativo laborales dirigidas a la atención individualizada de personas con discapacidad en edad laboral y al asesoramiento de empresas, organismos y entidades en torno a la integración laboral de estas personas.
- Confección de programas individuales de inserción.
- Asesoramiento para la formación y la habilitación profesional.
- Derivación hacia servicios especializados de apoyo a la inserción sociolaboral.
- Facilitación de procesos de selección de candidatos a las diferentes ofertas de empleo o formación.
- Asesoramiento a las administraciones públicas, empresas y centros especiales de empleo en materia de integración laboral de las personas con discapacidad.
- Realización de adaptaciones de tiempos y medios en las convocatorias de empleo público, a petición de los tribunales.
- Análisis y adaptación de los puestos de trabajo, cuando se concurre a ellos por el cupo de discapacidad.
- Realización de informes de adecuación de la persona al puesto de trabajo (con atención especial a potenciales riesgos laborales), cuando la empresa se beneficia de subvenciones por contratación indefinida.
Los técnicos en pedagogía y orientación profesional de los Centros Base utilizan la metodología VOIL (Valoración, Orientación e Inserción Laboral), una herramienta adaptada a la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF) de la Organización Mundial de la Salud.
Esta metodología permite expresar en positivo el perfil laboral de las personas interesadas, recogiendo información relevante para:
- Poner en valor las capacidades, la motivación y la experiencia previa de cada persona.
- Relacionar cada factor de capacidad con los requisitos exigidos en los distintos puestos de trabajo.
- Orientar a las personas de forma individualizada.
- Ayudar a las personas con discapacidad a tomar decisiones sobre su trayectoria profesional.
Existen áreas formativo laborales en los siguientes Centros Base:
Para más información sobre las Áreas Formativo Laborales consulta el folleto "Orientación formativo laboral en los Centros Base. ¿Qué me ofrece?"
Los Centros Base atienden telefónicamente consultas de orientación profesional. El servicio de atención telefónica se presta de 9 a 14 horas, de lunes a viernes (más información).
Para concertar una entrevista ocupacional individualizada u obtener un asesoriamiento más personalizado utilice la solicitud de acceso al Área Formativo Laboral.
Solicitud de acceso al Área Formativo Laboral de los Centros Base.
Programa cofinanciado por el FSE+ para mejorar las oportunidades de conseguir un empleo que se adapte a los gustos y capacidades de cada persona.
Otras actuaciones de los Centros Base
Los profesionales de los Centros Base suministran información especializada de los recursos, servicios y programas existentes en el ámbito de la discapacidad y ofrecen orientación general sobre cuestiones de interés para las personas con discapacidad tales como:
- Accesibilidad.
- Adaptación de vivienda.
- Ayudas técnicas.
- Orientación terapéutica.
- Otros.
Asimismo, las personas interesadas pueden dirigirse a los Centros Base para solicitar la emisión de un dictamen técnico facultativo para acreditar la necesidad de supresión de barreras arquitectónicas en la vivienda que constituya residencia habitual de la persona con discapacidad.
Punto de información y atención al ciudadano
Punto de información y atención al ciudadano de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
- Dirección: c/ O'Donnell, 50 (28009 Madrid).
- Teléfono: 91 392 56 86 (lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 h).
- Información general: 012
Documentos técnicos
En este apartado se pueden encontrar distintos documentos elaborados por los profesionales de los Centros Base para asegurar la calidad de las valoraciones y el conocimiento de la población atendida:
Guía de orientaciones para la valoración de la discapacidad en enfermedades raras. V Edición.
Guía de orientación para la valoración de la discapacidad en pacientes con tumores cerebrales.
Guía de orientación para la valoración de la discapacidad en esclerosis múltiple.
Guía de orientación para la valoración de la discapacidad en fibromialgia.
Valoración, Orientación e Inserción Laboral de Personas con Discapacidad (V.O.I.L.).