Servicio de acogida y atención a personas sin hogar en situación de convalecencia
La Comunidad de Madrid proporciona un servicio residencial para la atención de personas sin hogar en situación de convalecencia o enfermedad crónica grave.
Descripción del servicio
El servicio ofrece una respuesta a las necesidades relacionadas con el derecho a la salud de las personas sin hogar. Se trata de un servicio convivencial que promueve la mejora integral de la situación de las personas en proceso de convalecencia, con enfermedad crónica o que requieren cuidados paliativos.
Proporciona una atención especializada de calidad, de carácter sociosanitario, que combina la intervención psicosocial, como plataforma para el acceso a servicios y derechos de ciudadanía, con el apoyo sanitario, buscando la recuperación física y la mejora de la salud en todas sus dimensiones.
El servicio cuenta con 60 plazas.
Perfil de las personas beneficiarias
El servicio se prestará a las personas que en el momento de derivación al programa se encuentren en situación de “sin techo” según la clasificación ETHOS de FEANTSA, considerando como tal a quienes se encuentren viviendo en un espacio público o exterior o en centros de acogida de emergencias (categorías 1 y 2 de ETHOS). Las personas beneficiarias del servicio deberán ser mayores de 18 años y encontrarse en una de estas situaciones:
- Padecer una enfermedad grave y crónica o en fase terminal que no requiera de manera obligatoria ingreso hospitalario.
- Haber recibido el alta hospitalaria tras un ingreso para el tratamiento de su enfermedad, pero requieran cuidados generales no sanitarios mientras continúe su convalecencia.
- Precisar cuidados paliativos.
Y que, encontrándose en alguna de las situaciones descritas, opten voluntariamente por pasar su convalecencia en este dispositivo residencial.
Derivación y acceso al servicio
Las personas podrán acceder al servicio ya sea por derivación de los Centros de Servicios Sociales de Atención Social Primaria, las Unidades de Trabajo Social de los centros hospitalarios, así como la red pública de atención a personas sin hogar y entidades sin ánimo de lucro que, debidamente autorizadas para ello, dirijan su actividad a la lucha contra el sinhogarismo.