Resolución número 082/2016
Inadmisión de recurso contra los pliegos de un contrato de obras no sujeto a regulación armonizada: incompetencia del Tribunal. Temeridad en la interposición: el recurso ha sido resuelto ya por el órgano de contratación.
Inadmisión de recurso contra los pliegos de un contrato de obras no sujeto a regulación armonizada: incompetencia del Tribunal. Temeridad en la interposición: el recurso ha sido resuelto ya por el órgano de contratación.
Inadmisión de recurso contra los pliegos de un contrato de obras no sujeto a regulación armonizada: incompetencia del Tribunal. Temeridad en la interposición: el recurso ha sido resuelto ya por el órgano de contratación.
Desestimación de recurso contra pliegos de contrato de servicios al ser este acorde con lo dispuesto en el art. 80 RGLCAP en cuanto al modo de presentación de ofertas que no vulnera el principio de concurrencia. El anuncio de la licitación indica que la presentación ha de ser manual, por contraposición a la presentación telemática o electrónica que no se admite en este procedimiento lo que no significa y no se indica tampoco, que deba ser presencial.
Estimación de recurso contra pliego de contrato de suministro al no proceder establecer como criterio único-el precio, y por oscuridad de ciertas cláusulas.
Desestimación de recurso contra PPT de contrato de servicios de almacenamiento de documentos al estar justificadas las exigencias técnicas de acuerdo con el art. 22 TRLCSP.
Inadmisión de recurso contra Pliegos de contrato servicios por extemporáneo.
Desestimación de recursos de contrato de servicio de comunicaciones al no apreciar la existencia de ventajas competitivas para operadora de gran implantación. Adecuada justificación de la no división en lotes. Plazo de interposición del recurso contra pliegos.
Estimación de recurso contra los pliegos de un contrato de suministro de reactivos y material para realización de determinaciones analíticas. La definición de las prescripciones técnicas ha de cumplir las reglas del artículo 117 del TRLCSP y no puede hacerse por referencia una tecnología determinada. En la forma de pago se puede deducir las unidades defectuosas. La forma de pago se debe incluir en el PCAP y no en el PPT.
Estimación parcial de recurso contra PPT de contrato de suministro de instalación de luminarias. A la vista del contenido del informe, el recurso debe estimarse en parte en cuanto al requisito de certificado ENEC exigido para el driver. El apartado debe modificarse, admitiendo igualmente otros certificados de calidad que cuenten con la acreditación ENAC u organismo equivalente de conformidad con lo establecido por el artículo 117.7 del TRLCSP.
Estimación parcial de un recurso contra el PCAP de un contrato de servicios que requiere como requisito de solvencia haber realizado campañas formativas/informativas en las que haya intervenido personas con reconocida repercusión mediática o social. El criterio de los años de experiencia exigidos al equipo personal adscrito la ejecución del contrato está vinculado y es proporcional.