Resolución número 085/2020
Desestimación de un recurso de un sindicato contra los Pliegos de un contrato de servicios sociales. Los criterios de adjudicación de carácter social están correctamente formulados.
Desestimación de un recurso de un sindicato contra los Pliegos de un contrato de servicios sociales. Los criterios de adjudicación de carácter social están correctamente formulados.
Estimación parcial de recurso contra un contrato de servicios de gestión de la recaudación ejecutiva municipal. En primer lugar se recurre la incorrecta ejecución de una anterior resolución que acordaba el único código CPV que debe establecerse para este servicio, pues añade el pretendido pero no elimina los inicialmente establecidos. En segundo lugar pretende la declaración de la solvencia técnica como desproporcionada. No habiéndose modificado la redacción de esta claúsula desde el primer pliego y no habiendo sido impugnada en su momento, se desestima este motivo de recurso.
Desestimación de un recurso contra los Pliegos de un contrato de servicios de gestión de tres puntos de encuentro familiar en el que se discute el convenio colectivo de aplicación. Dado que hay subrogación de trabajadores y que a los mismos les es de aplicación el convenio colectivo estatal de acción e intervención social, debe entenderse que el órgano de contratación ha actuado correctamente al establecer tal convenio colectivo como el aplicable.
Desestimación de recurso especial contra los pliegos de un contrato de servicios. Corresponde al órgano de contratación determinar los criterios de adjudicación del contrato. El art. 146.1 LCSP permite la utilización del criterio único precio siguiendo lo dispuesto en el art. 145.1 y 3 de la LCSP. Las prestaciones están suficientemente definidas técnicamente en el PPTP y el servicio de desinfección no es intensivo en mano de obra por lo que se da la salvedad prevista en el art. 145.3.g) de la LCSP.
Desestimación de recurso contra la declaración de un licitador como excluido en un contrato de servicios reservados a CEE y empresas de inserción laboral. El recurrente dice cumplir los requisitos exigidos para ambas categorías, pero no se encuentra autorizado y preceptivamente inscrito en los registros oficiales de empresas de esta tipología.
Recurso extemporáneo.
Desestimación recurso pliegos lote procuradores. Los límites de precios ya se contemplan en el Reglamento que regula sus honorarios.
Desestimación de recurso contra un contrato de obras por considerar la recurrente que la solvencia requerida era desproporcionada e impedía el acceso a las PYMES. Impugna también la valoración de la experiencia profesional de algunos miembros del equipo de obras. Se desestima por ser la solvencia proporcional a la magnitud del contrato y estar los criterios de valoración perfectamente establecidos no manifestando los pliegos causa alguna de vulneración de los principios de igualdad de trato y libre competencia.
Inadmisión recurso cuando se ha presentado antes oferta.
Archivo del recurso por desistimiento del recurrente. Artículo 56.1 LCSP y 84.1 de Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo.