Otros Poderes Adjudicadores

Resolución 405/2026

Número de Resolución: 
405/2026
Fecha: 
Jueves, 30 Julio, 2026

Oferta anormalmente baja puede ser excluida cuando el licitador no acredita documentalmente la realidad de los costes y ahorros alegados, sin que sea suficiente invocar solvencia empresarial, pertenencia a un grupo o ventajas competitivas genéricas. La justificación debe ser completa, verificable y presentarse en el momento procedimental correspondiente. Desestimacion 

Resolución 402/2026

Número de Resolución: 
402/2026
Fecha: 
Jueves, 30 Julio, 2026

Oferta anormalmente baja puede ser excluida cuando el licitador no acredita documentalmente la realidad de los costes y ahorros alegados, sin que sea suficiente invocar solvencia empresarial, pertenencia a un grupo o ventajas competitivas genéricas. La justificación debe ser completa, verificable y presentarse en el momento procedimental correspondiente. Desestimacion 

Resolución 393/2026

Número de Resolución: 
393/2026
Fecha: 
Jueves, 23 Julio, 2026

La inclusión indebida de la oferta económica en un sobre administrativo no determina automáticamente la exclusión del licitador. Debe analizarse si esa irregularidad ha afectado efectivamente a la objetividad de la valoración o a la igualdad de trato. Si los criterios son exclusivamente automáticos y no existe riesgo real de influencia en la evaluación, procede mantener la oferta y evitar una interpretación excesivamente formalista de las reglas de presentación. Estimacion 

Resolución 354/2026

Número de Resolución: 
354/2026
Fecha: 
Jueves, 9 Julio, 2026

REVOCACIÓN ADJUDICACIÓN. Estimación de Reclamación contra nulidad de adjudicación por no haberse seguido el procedimiento legalmente establecido del artículo 109 LPACAP ante la apreciación de una prohibición de contratar antes de la formalización del contrato (declaración concurso voluntaria).

Resolución 340/2026

Número de Resolución: 
340/2026
Fecha: 
Jueves, 2 Julio, 2026

(D) PREGUNTAS VINCULANTES: El Tribunal evalúa la incongruencia en las respuestas de la EMT sobre el borrado remoto de DTCs., solicitadas por el recurrente. Inicialmente indicó que solo sería exigibles el software necesario para a prestacion del objeto del contrato si el fabricante lo autorizaba, pero luego trasladó al licitador la responsabilidad de obtener y acreditar tales permisos por cualquier medio válido, variando el criterio e introduciendo inseguridad jurídica. Aunque hay contradicción, los pliegos , que nada recogian a este respecto, prevalecen.

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