Resolución número 448/2021
Desestimación de recurso contra exclusión de contrato de suministro. Incumplimiento de características técnicas recogidas en PPTP. Discrecionalidad técnica. Arts. 1, 28, 125, 126 y 139 LCSP.
Desestimación de recurso contra exclusión de contrato de suministro. Incumplimiento de características técnicas recogidas en PPTP. Discrecionalidad técnica. Arts. 1, 28, 125, 126 y 139 LCSP.
Estimación del recurso. Se evidencia error en el informe técnico. Se anula el acuerdo de adjudicación y se ordena la retroacción del procedimiento de licitación al momento de valoración de las ofertas incluyendo a la recurrente.
Desestimación de recurso contra la adjudicación de lotes de acuerdo marco de suministro. Acceso al expediente. Confidencialidad. Discrecionalidad técnica. La recurrente no acredita los incumplimientos del PPTP alegados ni la existencia de error o arbitrariedad en los acuerdos de adjudicación. Imposición de multa, recurso interpuesto con temeridad con beneficio económico por la demora del procedimiento.
Recurso especial contra la exclusión por falta de presentación de un proyecto explicativo. El PCAP no determina con claridad la documentación a presentar por los licitadores para valorar oferta. No procede la exclusión. Retroacción de las actuaciones para subsanación.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de suministro. Falta de legitimación activa arts 48 y 55.b) LCSP, 22.1.2º y 23 RPERMC. Recurrente excluida en firme del procedimiento.
Desestimación de recurso sobre acuerdo marco que con más de seiscientos precios unitarios el PCAP permite el error en la formulación de un máximo de cinco elementos. Entre estos errores se encuentra la no consignación de oferta en el suministro concreto, en este caso se aplicará el precio base de licitación del suministro concreto. Esta es la situación de la propuesta del adjudicatario que la mesa de contratación admite en aplicación del PCAP.
Estimación de recurso que se funda en la exclusión de la oferta por incumplimiento de los requisitos mínimos exigidos. El OC reconoce el error y se allana en las pretensiones. Se estima el recurso por no admitirse el allanamiento como forma de terminación del REMC.
Estimación de recurso por exclusión de la oferta al considerar que no cumplía los requisitos mínimos exigidos. Tras la interposición del recurso el OC considera un error la exclusión allanándose a las pretensiones del recurrente. Se estima por no poder admitir el allanamiento como forma de terminación del REMC.
Desestimación de recurso que pretende la exclusión de la oferta de la propuesta como adjudicataria, basándose en que no cumple los requisitos mínimos exigidos. Dicho incumplimiento se demuestra que no es tal y en consecuencia la oferta es válida y admisible.
Desestimación: No cumple prescripciones técnicas.