Cobro de mensajes multimedia

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El consumidor: 
Realiza la contratación de los servicios de una empresa de telefonía. En la primera factura, le cobran 438,58 euros al incluir en la facturación el coste de los mensajes multimedia. El consumidor reclama la devolución del importe alegando que no se le informó en la contratación de que le cobrarían dichos mensajes.
La empresa: 
Presenta el contrato firmado por el consumidor donde se le informaba del cobro de los mensajes multimedia. Además, revisando la facturación del cliente han comprobado que los mensajes efectivamente se realizaron y que se han cobrado según los costes tarificados en el contrato.
El colegio arbitral: 
Desestima por unanimidad la reclamación del consumidor al considerar probado que los tráficos se realizaron y que no existe prueba de que no fuera informado acerca del cobro de los mismos.