Comisión en el pago por ventanilla
El consumidor:
El reclamante abonaba sus facturas con una operadora de telefonía mediante transferencia bancaria, pero tras cambiar al pago en ventanilla, la compañía le incluyó un cargo extra de dos euros por línea. En la reclamación, esta parte solicitaba el reintegro de estas cantidades.
La empresa:
La reclamada manifestó que la reclamación no procedía, pues el pago por ventanilla tiene un coste adicional repercutido en el cliente, si bien habiendo domiciliado las facturas de las dos líneas como atención comercial se han devuelto 2€.
El colegio arbitral:
Por su parte, el colegio arbitral resolvió estimar la pretensión del reclamante por cuanto entre los derechos del usuario se encuentra el de elegir el medio de pago, lo que significa poder utilizar un medio distinto de la domiciliación bancaria. Por otro lado, cualquier cambio de precio o tarifa ha de ser notificado previamente, lo que en el presente caso no consta acreditado en el expediente haberse realizado. Debiendo en consecuencia la empresa reclamada reintegrar el coste de 2€ más IVA por cada factura que el reclamante haya pagado por ventanilla, lo que al día de la fecha asciende a 12 euros más IVA.