
FREMAP - Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
Asistencia sanitaria de los empleados públicos de la Comunidad de Madrid por Accidente de trabajo y Enfermedad Profesional incluidos en el régimen general de la Seguridad Social.
Solicitud de asistencia sanitaria por accidente de trabajo
En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, los empleados públicos de la Comunidad de Madrid incluidos en el régimen general de la Seguridad Social y cuya mutua colaboradora sea FREMAP deben actuar del siguiente modo:
1. La dirección del centro, o el responsable superior, debe cumplimentar la SOLICITUD DE ASISTENCIA SANITARIA POR ACCIDENTE DE TRABAJO y entregársela en papel o por correo electrónico al empleado afectado.
2. El empleado, a continuación, debe acudir directamente y sin necesidad de cita previa a cualquiera de los centros de salud de FREMAP que se recogen a continuación y presentar la SOLICITUD DE ASISTENCIA SANITARIA POR ACCIDENTE DE TRABAJO. De dicho documento enviará una copia al responsable de personal o recursos humanos de su consejería u organismo.
Teléfonos de Contacto
Puede contactar con FREMAP en los teléfonos arriba indicados o a través de la app "FREMAP contigo" disponible en https://www.fremap.es/paginas/fremapcontigo.aspx
Para cualquier otra aclaración seguirán disponibles los teléfonos de la División de Colaboración con la Seguridad Social: 915805334, 915809102, 915800972, 915805346, 915809059, 915805354.
Finalmente, recuerde que siempre tiene a su disposición los 365 días del año, las 24 horas del día el TELEFONO DE EMERGENCIAS 112.
Quedan excluidos de este ámbito los empleados públicos cuya entidad gestora sea MUFACE (https://www.muface.es/muface_Home/muface_Index.html) o MUGEJU (http://www.mugeju.es/es/). Si tiene usted alguna duda acerca de la entidad gestora de sus prestaciones en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional puede consultar en la subdirección de personal de su Consejería u Organismo o en su Dirección de Área Territorial.
Solicitud botiquines
El suministro de botiquines de primeros auxilios debe solicitarse a FREMAP a través del siguiente formulario y una vez cumplimentado debe enviarse a la dirección de correo colaboradora@madrid.org indicando en el asunto SOLICITUD DE BOTIQUINES.
Teléfono de información 900 70 50 60
Prestaciones Económicas por AT
En el caso de accidentes de trabajo producidos hasta el 31 de diciembre de 2024 gestionados por la UPAM, y respecto de los cuales NO se haya solictado la correspondiente prestación económica debe solicitarlo a través del siguiente procedimiento.
La relación de gastos en los que hayan podido incurrir y que se cubren son los siguientes:
a) Gastos de desplazamiento para acudir a consultas y recibir tratamientos médicos: será necesario que el médico de la Dirección General de Función Pública (Pza. Conde del Valle de Súchil 20, 1ª planta) que extienda la baja médica, prescriba y determine el medio de transporte que requiere el accidentado.
b) Gastos por material ortoprotésico u otro material prescrito por el facultativo: se abonarán previa aportación de los Informes del servicio médico donde ha sido atendido, documento con la prescripción médica, factura del gasto realizado, tarjeta sanitaria y NIF.
c) Asistencia farmacéutica: la asistencia farmacéutica prestada en centros públicos quedará incluida dentro de los costes de asistencia sanitaria que se procederá a facturar a la Dirección General de la Función Pública. Cuando se trate de asistencia recibida en centros privados el gasto farmacéutico será abonado por el empleado y Dirección General de la Función Pública le reintegrará su coste previa aportación documental del mismo.

Acceda aquí para para realizar la tramitación telemática tras cumplimentar la solicitud de reintegro de gastos.
De conformidad con lo establecido en el DECRETO 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, cualquiera que sea la naturaleza funcionarial, laboral, estatutaria o eventual de su vinculación jurídica y la duración, permanente o temporal, de su relación de empleo, estará obligado a relacionarse electrónicamente con la Comunidad de Madrid para realizar este trámite, por razón de su condición de empleado público.
d) Pago directo del subsidio de IT. La Dirección General de Función Pública abonará el subsidio de IT, previa solicitud (ver área de descargas) a las siguientes personas:
- Las que se encuentren en servicio activo y hayan cumplido el plazo máximo de 545 días en situación de IT.
- Las personas que han finalizado el nombramiento o contrato con la Comunidad de Madrid, encontrándose en situación de IT y aún no haya transcurrido el plazo máximo de 545 días.

Acceda aquí para para realizar la tramitación telemática una vez cumplimentada la solicitud de pago directo.

Acceda aquí para obtener el modelo de solicitud de pago directo y posteriormente gestionarlo de forma presencial o para su descarga y posterior presentación telemática
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