Ayudas al Alquiler 2017
Convocatoria finalizada
Listados de ayudas
Listado de beneficiarios que pierden el derecho al cobro
Listado de beneficiarios con pérdida cobro de determinadas cuantías
Los ciudadanos incluidos en los listados con pérdida del derecho al cobro, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, en el plazo de un mes, o directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computándose ambos desde el día siguiente a la publicación de las Ordenes en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Origen, objetivo, importe y cuantías
Las subvenciones al alquiler de vivienda se convocaron en el marco de lo dispuesto por el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el “Plan estatal de fomento del alquiler de vivienda, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016”, prorrogado durante el ejercicio 2017 mediante Real Decreto 637/2016, de 9 de diciembre.
La convocatoria de estas ayudas tiene como objetivo primordial el fomento del alquiler a través de un sistema equitativo por el que se otorgarán en función de la renta de la unidad de convivencia, limitando la cuantía de los alquileres que se financian y financiando una proporción del alquiler sin asignación de una cuantía fija.
El importe del presupuesto destinado a financiar esta convocatoria asciende a una cuantía estimada de 17.040.000 euros.
La cuantía de la subvención es del 40 % de la renta anual que se deba satisfacer por el alquiler de la vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda. La renta actualizada a pagar por el alquiler debe ser igual o inferior a los 600 euros mensuales.
Preguntas frecuentes
Cerrado el plazo para participar en esta convocatoria
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