Resolución número 344/2020
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de suministros. Falta de legitimación activa del recurrente al ser el tercer clasificado, art 55.b) LCSP.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato de suministros. Falta de legitimación activa del recurrente al ser el tercer clasificado, art 55.b) LCSP.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. La aceptación de la propuesta de adjudicación prevista en el art. 150.2 LCSP, a los solos efectos de requerir la documentación al licitador que ha presentado la mejor oferta, no equivale a adjudicación. Es la resolución de adjudicación prevista en el art. 151 de la LCSP la que debe ser motivada, notificada y publicada. Baja anormal justificada, informe técnico razonado, discrecionalidad técnica del órgano de contratación para apreciar la viabilidad. Publicidad en el perfil de contratante. Cosa juzgada.
Desestimación recurso. Impugna la aceptación de las bajas desproporcionadas de las cuatro que le preceden. Levantamiento de la declaración de confidencialidad indiscriminada de determinados extremos no considerados confidenciales por el Tribunal, ante la inactividad del órgano de contratación. La motivación de la aceptación de las bajas debe ser suficiente y adecuada para no generar indefensión a eventuales recurrentes. Siguiendo el orden decreciente de bajas, la primera impugnación es desestimada.
Desestimación recurso. Se valora la Memoria Técnica y los conceptos que dice el recurrente. Aun estimando su pretensión no superaría la puntuación del adjudicatario. Multa.
Estimación recurso contra adjudicación lote suministro vehículos Consejerías. Ilegalidad adjudicación incompleta de un lote. Vulneración principio de igualdad de trato. Legitimación para que se declare desierto un contrato cuando hay dos licitadores.
Estimación parcial de recurso contra la exclusión por baja anormal en la adjudicación de lote del contrato de servicios. Falta de concreción en petición de información, justificación de la baja e informe técnico de rechazo de oferta. Rechazo formal por justificación insuficiente, falta motivación reforzada y no se justifica la inviabilidad de la oferta ni se requiere aclaración o documentación complementaria respecto a un supuesto de oferta sin evidencia de desproporción, puesto que solo representa el 3,45% sobre la media de las ofertas presentadas. Artículo 149 LCSP.
Estimación parcial de recurso especial. El órgano de contratación no ha cumplido el procedimiento previsto en el artículo 149.4 de la LCSP. No ha solicitado informe sobre la baja temeraria al servicio correspondiente, que es un trámite preceptivo.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. Acceso al expediente. Improcedencia de recálculo de baja anormal. Acreditación de solvencia técnica y profesional de la adjudicataria, mediante experiencia en trabajos similares con certificados de contratos en ejecución.
Desestimación. No se acreditan los incumplimientos de las prescripciones técnicas.
Admisibilidad recurso. Errónea determinación del valor estimado del contrato. Desestimación: no hay contaminación de la valoración subjetiva por indicar en el proyecto del sobre 2 las actividades de Responsabilidad Social Corporativa cuando lo que se califica en el 3 es solo la cantidad económica dedicada a la misma.