Resolución número 290/2020
Estimación. La adjudicataria no cumplía con las prescripciones en plazo de licitación, habiendo presentado una declaración de que las cumpliría después. No caben las ofertas diferidas.
Estimación. La adjudicataria no cumplía con las prescripciones en plazo de licitación, habiendo presentado una declaración de que las cumpliría después. No caben las ofertas diferidas.
Estimación parcial del recurso interpuesto contra la adjudicación de un contrato de servicio de internamiento en hospital psiquiátrico. El adjudicatario ha acreditado su solvencia técnica con un certificado que engloba no solo la actividad objeto del contrato sino otras dos formas de prestación del servicio médico de psiquiatría. De dicho documento no se puede desprender con claridad y exactitud si acredita o no la solvencia requeridas, por lo que se anula la adjudicación y se retrotraen las actuaciones para dar un plazo de subsanación de dicha documentación al adjudicatario.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. No cabe alegar supuestas irregularidades en el contenido de los pliegos, aceptados plenamente según art. 139 LCSP, en este momento procedimental. Tampoco cabe por cosa juzgada impugnar la baja desproporcionada y la solvencia ya resuelta en anteriores recursos, contra las resoluciones del Tribunal sólo cabe la interposición de recurso contencioso administrativo, art. 59.1 LCSP. Multa por temeridad o mala fe, art.
Estimación de recurso contra la exclusión del primer clasificado por no subsanar la documentación prevista en el art.150 en plazo, dentro de un contrato de servicios. El licitador pretende subsanar mediante la PCSP, pero este instrumento presenta graves dificultades para el envío de subsanaciones cuando se trata de empresas en compromiso de UTE, haciendo imposible su envío. El licitador informa por correo electrónico al órgano de contratación y envía el documento requerido por esta vía. La mesa de contratación le excluye por no haber presentado en forma la documentación.
Inadmisión de recurso contra adjudicación de contrato basado en Acuerdo marco de servicios sociales. Falta de legitimación del recurrente, art. 55.b) LCSP.
Inadmisión por falta de legitimación. En un recurso anterior de su competidora contra la adjudicación a la misma se estimó por incumplimiento de las prescripciones técnicas. Recurre ahora contra la adjudicación a la misma alegando lo mismo que en el anterior recurso, pretendiendo revisar por esta vía la resolución anterior. Multa.
Inadmisión de recurso especial al no haber subsanado la acreditación de la representación del firmante del recurso.
Desestimación de reclamación contra un contrato de suministro instado por Canal Lanzarote SAU. Se aplica el nuevo RDLCSE. La reclamación pretende inhabilitar la oferta económica del otro licitador, en base a no haber seguido el modelo establecido en el pliego de condiciones. La oferta económica fue formulada por precios totales para cada uno de los reactivos a suministrar, hallamos mediante la multiplicación del precio por el número de kilos que se estimaban.
Estimación de recurso contra adjudicación de lote de contrato de servicios sanitarios por incumplimiento del adjudicatario de prescripción técnica. Error en pie de recurso, se presenta reposición en forma y plazo.
Se estima el recurso. No es una aclaración de la justificación de la baja presentar una justificación distinta. No cabe solicitar aclaración sobre la no contemplación de otros costes que los salariales, cuando el total de estos no alcanza a comprender otro tipo de costes.