Resolución 453/2026
DESESTIMACION. Contrato de servicios. Recurre la adjudicación y su exclusión por presentar oferta anormalmente baja. El OC no entiende justificada la misma.
DESESTIMACION. Contrato de servicios. Recurre la adjudicación y su exclusión por presentar oferta anormalmente baja. El OC no entiende justificada la misma.
El Tribunal desestima el recurso especial interpuesto contra la adjudicación de un lote de un contrato de suministro de equipos de sonido e iluminación, tras admitir previamente la legitimación de la entidad recurrente -inicialmente excluida del lote- al no haberse acreditado que la notificación de su exclusión cumpliera con las exigencias del artículo 40 de la LPAC (indicación de recursos, órgano competente y plazo), por lo que dicha exclusión no había desplegado eficacia jurídica frente a la recurrente hasta la notificación del posterior acuerdo de adjudicación.
VALORACIÓN OFERTAS. El Tribunal concluye que la Mesa aplicó correctamente la fórmula prevista en el PCAP para valorar las bajas ofertadas. La posible falta de precisión del criterio no permite sustituirlo por la interpretación propuesta por la recurrente. Considera que la empresa conocía la supuesta ambigüedad antes de presentar oferta y no impugnó los pliegos en plazo. La valoración respeta los términos del PCAP y no procede anular la licitación, por lo que desestima el recurso.
Contrato de Servicios Sociales. El recurrente manifiesta desacuerdo con la valoración realizada de su oferta por incorrecta valoración de los criterios sujetos a juicio de valor. Sin embargo existe motivación suficiente en el informe técnico. Desestimación.
COSA JUZGADA ADMINISTRATIVA. Recurso. Recurso contra adjudicación del contrato por considerar que el adjudicatario no acreditó su oferta incursa en valores anormales. El asunto fue resuelto en un recuro anterior. Los mismos motivos que ya fueron evaluados jurídicamente en su momento, generaría una clara inseguridad jurídica, al reabrirse un procedimiento ya concluido que cumplió las formalidades jurídicas exigidas.
INADMISIÓN. Acto de tramite no cualificado. propuesta de clasificación y adjudicación hecha por la Mesa y aceptada por el órgano de contratación, no produce indefensión o perjuicio irreparable a los derechos e intereses legítimos de la recurrente, no le impide continuar en el procedimiento, ni decide directa o indirectamente sobre la adjudicación.
INCUMPLIMIENTO PRESCRIPCIONES TECNICA: La recurrente cosidera que la oferta de la adjudicataria incumple las prescripciones tecnicas recogidas en el PPT. Analizada la oferta se comprueba que todos los elementos cumplen con dichos requisitos, salvo en algun aspecto menor, por lo que este Tribunal impone su doctrina sobre que el incumplimiento deberá ser claro y expreso, de modo que no quepa duda alguna que la oferta es incongruente o se opone abiertamente a las prescripciones técnicas contenidas en el pliego. Se desestima el recurso
Incumplimiento del PPT. Medidas o funcionalidades "equivalentes". Falta de infome tecnico que acredite el cumplimeinto del PPT de la oferta adjudicataria. Necesidad de incorporar dicho informe al expediente. Estimacion
INCUMPLIMIENTO PPT. COSA JUZGADA. Desestimación de recurso contra adjudicación. Se rechaza la inadmisión total del recurso por cosa juzgada, pero el enjuiciamiento se limita a verificar si se acredita, tras la nulidad de la adjudicación anterior y la retroacción de actuaciones, el cumplimiento del PPT. Discrecionalidad técnica de la Administración,
La empresa presentó la oferta económica más baja en ambos lotes. Tras detectarse una baja anormal, la Mesa de Contratación le requirió una justificación de viabilidad. Analizada la documentación aportada, los informes técnicos concluyeron que la oferta no garantizaba el cumplimiento de las obligaciones laborales y de los medios personales exigidos, acordándose su exclusión. Desestimacion