Resolución 010/2025
Acreditación de solvencia técnica. Irregularidades procedimentales. Error en la oferta económica no relevante.
Acreditación de solvencia técnica. Irregularidades procedimentales. Error en la oferta económica no relevante.
Acceso al expediente. Calificación de ofertas. Discrecionalidaad técnica. El recurrente ha solicitado vista del expediente pero no ha obtenido copias por negativa del o.c., que deberia haber accedido; en este caso el acceso no tuvo carácter instrumental para la interposicion del recurso. Diferencias entre las puntuaciones alcanzadas por las distintas propuestas. aplicacion del principio de veracidad de los informes tecnicos y de la discrecionalidad técnica
Desitimiento del recurrente. Aceptacion del desistimiento
Motivación de los actos. La valoración de los criterios sujetos a juicio de valor deben estar motivada de tal forma que permita dar a conocer a los licitadores por qué han recibido esa puntuación y, ante una posible impugnación del acto, permitir a los órganos revisores poder comprobar que la decisión adoptada no incurre en error o arbitrariedad.
Declaraciones DEUC. Solvencia. Acreditación de solvencia por medios externos. No procede acudir a la integración de la solvencia en fase del artículo 150 cuando en el DEUC no se declaró la integración.
Discrecionalidad técnica. Confidencialidad. Pretende el recurrente acceder a la documentación confidencial declarada por el adjudicatario y que comprende la totalidad de la memoria técnica. El recurrente ha considerado confidencial su memoria en los mismos extremos. La puntuación alcanzada por la calificación de los criterios de adjudicación se encuentra dentro de la discrecionalidad técnica
Solvencias. Solvencia Técnica. Acreditación. El certificado del funcionario en referencia a la solicitud de titulo universitario, acompañado del documento acreditativo del pago de la tasa correspondiente, deben ser considerados documentos sustitutos del titulo universitario. La acreditación de la adscripción de medios humanos de esta forma es válida.
Prácticas colusorias. Recurso contra admisión de ofertas de dos licitadores que presenta ofertas coordinadas en fraude de ley. Desestimación. No queda acreditado, de acuerdo con los criterios doctrinales la vulneración del principio de proposición única ni la existencia de prácticas colusorias.
Criterios de adjudciación. Vinculación de la mesa al contenido de los pliegos. La oferta de la adjudicataria, en dos de los criterios de adjudicación, no se corresponde con lo solicitado en el PCAP. En consecuencia, la puntuación en esos dos criterios debe ser 0 puntos.
Inadmisión por cuantía. Contrato de servicios inferior a 100.000€