Resolución número 370/2023
Desestimación. Error en la descripción de la mejora, que no afecta a su contenido y valoración. Plan económico adecuado.
Desestimación. Error en la descripción de la mejora, que no afecta a su contenido y valoración. Plan económico adecuado.
El trámite de subsanación concedido a la adjudicataria no supone modificación de la oferta. No se conculcan los principios que rigen la contratación pública. Aplicación del principio antiformalista.
Recurso contra la adjudicación de contrato de obras por incorrecta valoración de la oferta de la recurrente en cuanto a los criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor. Desestimación. Aplicación de la doctrina de la discrecionalidad técnica. No se aprecia arbitrariedad en el juicio técnico.
Recurso contra adjudicación del contrato de servicios por incorrecta valoración de su oferta en los criterios sujetos a juicio de valor. Desestimación. Aplicación de la doctrina de la discrecionalidad técnica de la administración. No se aprecia arbitrariedad en el juicio técnico.
Recurso contra adjudicación de contrato. Desestimación. Aplicación doctrina de cosa juzgada administrativa. Los mismos motivos fueron resueltos por este Tribunal con anterioridad.
Inadmisión por extemporáneo.
Las recurrentes alegan que la oferta de la adjudicataria y la clasificada en segundo lugar incumplen las prescripciones técnicas. A la vista de la comprobación, que realiza el órgano de contratación sobre las muestras presentadas, se estiman los recursos.
Estimación de recurso. Falta de acreditación de la existencia de un plan de igualdad para la empresa adjudicataria, conforme a la normativa vigente en la materia. La declaración responsable no es suficiente para acreditar este extremo. Prohibición de contratar 71.1b). Doctrina del self-cleaning.
Recurso contra adjudicación de contrato basado en Acuerdo Marco adjudicado a su vez a único empresario, interpuesto por licitador en ese lote del Acuerdo, que a su vez es adjudicatario del contrato basado anterior. No se le reconoce interés legítimo cierto pues la estimación de sus pretensiones no le convertiría en adjudicatario del contrato basado que se impugna, ni supondría la prórroga automática de su contrato basado. Se inadmite por falta de legitimación.
Desestimación de recurso que plantea erróneamente la situación de oferta anormal a aquella que ha resultado adjudicataria. Incorrecta interpretación del PCAP.