Resolución número 152/2020
Estimación de recurso interpuesto por ASEJA contra un contrato de servicios que incluye una mejora sin especificar los límites que impone el art. 145.7. Nulidad de PCAP.
Estimación de recurso interpuesto por ASEJA contra un contrato de servicios que incluye una mejora sin especificar los límites que impone el art. 145.7. Nulidad de PCAP.
Estimación de un recurso contra los Pliegos de un contrato de control y mantenimiento de instalaciones deportivas que prevé la subrogación. El convenio aplicable al objeto del contrato no establece la subrogación de los trabajadores por lo que el Pliego debe ser anulado.
Inadmisión de un recurso contra los Pliegos de un servicio de mantenimiento de instalaciones deportivas por falta de legitimación activa. La asociación recurrente según sus estatutos se dedica a servicios deportivos y el objeto del contrato es mantenimiento y control de instalaciones deportivas.
Desestimación de recurso contra la licitación del servicio de mantenimiento de hidrantes en nuevos desarrollos de la zona de Valdebebas. El mantenimiento de hidrantes forma parte de una concesión que termina el 31 de julio de 2021. No obstante la incorporación de nuevos desarrollos de la zona modificó dicha concesión hasta el límite legal admisible, noviembre de 2019. A partir de ese momento se inicia nueva licitación para la prestación del servicio. El concesionario mantiene que estamos ante una doble adjudicación.
Desestimación recurso contra la valoración de un criterio de adjudicación del adjudicatario. Queda acreditada la documentación suficiente para proceder a la valoración de la oferta.
Recurso contra Pliegos en lo referente a falta de información del personal a subrogar y respecto a la solvencia exigida. El órgano de contratación, analizados los Pliegos, considera que efectivamente se han producido dichas deficiencias, por lo que procede la estimación del recurso.
Desestimación de la reclamación contra la exclusión del procedimiento de contratación de servicios de mantenimiento de sistema MISS de seguridad. El procedimiento no fue suspendido por el órgano de contratación por la Disposición adicional tercera del Real Decreto 453/2020 de 14 de marzo que permite en casos excepcionales que el órgano de contratación acuerde motivadamente la continuación del procedimiento. Esto es lo que ha ocurrido por lo que al no presentar la empresa los documentos en el plazo señalado la exclusión es correcta.
Pérdida sobrevenida del objeto del contrato al haberse producido desistimiento del órgano de contratación conforme al artículo 152 de LCSP. Se declara concluso el procedimiento.
Pérdida del objeto del recurso por desistimiento de acciones por parte del recurrente.
Desestimación. Se recurre que no se le solicitara justificación a la adjudicataria sobre la baja en el mantenimiento correctivo, solo en el preventivo. Comprueba el Tribunal que no estaba en presunción de anormalidad en el mantenimiento correctivo.