Resolución 358/2026
SOLVENCIA TÉCNICA. Recurso del Colegio de Ingenieros de Caminos contra los pliegos por incluir la exigencia en la adscripción de técnico con titulación de Ingeniero Industrial. A juicio de este Tribunal, a la vista de la justificación ofrecida por el órgano de contratación, el criterio de solvencia no se encuentra adecuadamente justificado y pude resultar restrictivo de la concurrencia. El ejercicio de las profesiones técnicas se rige, de acuerdo con la jurisprudencia, por el principio que se ha venido a denominar de "libertad con idoneidad".
