Resolución número 021/2024
Falta de legitimación. Quinto clasificado.
Falta de legitimación. Quinto clasificado.
(d) Acreditación de la solvencia técnica por un grupo de sociedades. La adjudicataria (filial) acredita la solvencia técnica con la que tiene la sociedad matriz. La recurrente alega que está integrando su solvencia con medios externos por lo que en el DEUC tenía que haber hecho constar tal circunstancia. Se desestima el recurso al considerar que existe unidad de negocio y mercado por lo que no recurre a medios externos.
El pliego de prescripciones técnicas exige que las ruedas tengan "50 mm aprox". La recurrente oferta unas ruedas de 75 mm que exceden en un 50% la medida requerida, por lo que el órgano de contratación le excluye del procedimiento de licitación. El recurso se desestima pues una desviación del 50% no se puede considerar que se encuentra razonablemente dentro de lo que se entiende por medida aproximada.
La recurrente impugna su exclusión del procedimiento de licitación por no justificar la viabilidad de su oferta incursa en temeridad. Se desestima el recurso porque los motivos alegados no desvirtuan el informe técnico no apreciándose arbitrariedad ni error.
Inadmision por no alcanzar el valor estimado el umbral establecido en el art. 44.1 de la LCSP
Palabras claves. Legitimación para recurrir los pliegos. Determinación del precupuesto. Costes salariales.
Inadmisión del recurso por falta de legitimación. La recurrente fue excluida del procedimiento de licitación mediante la Resolución 334/2023 de este Tribunal , habiendo transcurrido dos meses desde la notificación de su exclusión sin que haya interpuesto recurso contencioso- administrativo la exclusión es firme, por lo que de acuerdo con la doctrina, ningún beneficio le reportaría una hipotética estimacion del recurso y por ello no está legitimado para impugnar la adjudicación.
Inadmisión de recurso por dirigirse contra la exclusión a través de la adjudicación, cuando se ha impugnado ya la exclusión. No caben ambas posibilidades de impugnación acumulativas. Desestimación de recurso contra la exclusión pues no ha acreditado estar al corriente de obligaciones tributarias en el momento procedimental oportuno. No cabe ya selfcleaning en vía de recurso.
Se recurre la exclusión por determinarse que la documentación presentada es incompleta. Desestimación. Oferta incompleta. "No procede la subsanación para presentar las fichas técnicas, porque el licitador no ha cumplido con la exigencia de descripción de los productos que acredite el cumplimiento de los requisitos técnicos mínimos. Se ha limitado a declarar para doce elementos que cumplen con todas y cada una de las características exigidas en el Pliego, y su falta de descripción no es suplida por la aportación de la ficha técnica de los mismos.
Inadmisión del recurso por falta de legitimación. La recurrente está clasificada en décimo lugar, no realiza alegaciones respecto de todos los mejor posicionados. Aunque se le diese la máxima puntuación no se convertiría en adjudicataria.